Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
El magistrado del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 17 de Barcelona ha elevado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) cuestiones prejudiciales en relación con la utilidad de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre y la doctrina de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
En estos dos casos concretos la parte demandada es el Departamento de Justicia de la Generalitat de Cataluña.