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El tribunal le condena a cuatro años y cinco meses de prisión y le prohíbe comunicarse o acercarse a la víctima
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la condena de cuatro años y cinco meses de prisión a un hombre que agredió a su pareja con un hacha. Además, se le ha impuesto la prohibición de acercarse a la víctima o comunicarse con ella por cualquier medio durante un periodo de cinco años y cinco meses.
La sentencia relata como origen del suceso una discusión de ambos en la vivienda durante la cual, el encausado, sin que se haya acreditado ánimo de acabar con la vida de la mujer, pero sí atentar contra su integridad física, le golpeó con ella en la cabeza, cayendo herida al suelo. Tras pedir auxilio, un vecino llamó a la policía y a una ambulancia que, tras atender a la víctima, se la llevaron al hospital.
La Sala indica que, al haber sido condenado el acusado por un delito de lesiones a su pareja -con la agravante de parentesco-, se aplica de forma automática lo previsto en el artículo 57.2 del Código Penal. Asimismo, se aclara que el deseo de la víctima de mantener el contacto, no acusarle o afirmar que no le teme no tiene ninguna validez para evitar o eliminar las penas impuestas.
La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de casación.