El TSJCyL confirma la condena de seis años de prisión a un hombre que hirió gravemente a otro con un cuchillo durante una pelea en León

El tribunal considera que existe prueba suficiente y coherente para acreditar la autoría

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Comunicación Poder Judicial

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado íntegramente la condena de seis años de prisión impuesta a un hombre por un delito de tentativa de homicidio cometido en la ciudad de León. 

Los hechos se remontan a la madrugada del 31 de agosto de 2024, cuando el acusado, tras una discusión a la salida de un establecimiento de ocio nocturno, agredió a otro varón con un arma blanca. 

Durante el altercado, le asestó una puñalada en el cuello y otra en el hombro, provocándole graves lesiones que requirieron intervención quirúrgica y un largo proceso de recuperación. 

La víctima sufrió heridas de especial gravedad (daños musculares, afectación de una rama de la yugular y lesiones pulmonares) y permaneció varios días en la UCI. El tiempo total de curación superó los 200 días, quedándole secuelas neurológicas y estéticas. 

Prueba suficiente 

El alto tribunal ha desestimado el recurso de apelación presentado por la defensa, que alegaba vulneración de la presunción de inocencia, errores en la valoración de la prueba y una incorrecta calificación jurídica de los hechos. 

Los magistrados consideran que existió prueba suficiente, coherente y válida para acreditar la autoría del acusado, incluyendo los testimonios de la víctima y los testigos, y los informes periciales. 

Asimismo, el TSJCyL respalda la calificación de los hechos como tentativa de homicidio, al entender que el ataque con un arma blanca dirigido al cuello -zona vital del cuerpo humano- evidencia, al menos, la asunción del riesgo de causar la muerte. 

Además de la pena de prisión, se mantienen la prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima durante nueve años, así como la obligación de indemnizarla con más de 41.080,84 euros por las lesiones causadas. 

La resolución no es firme y cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.