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Además, limita las reuniones familiares y sociales a seis personas
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCyL ha acordado ratificar las medidas contenidas en Orden SAN/1099/2020 (15 de octubre) por la que se adoptan medidas sanitarias preventivas para la contención del COVID-19 en el municipio de Salamanca durante el plazo de 14 días naturales a contar desde las 00:00 horas del día 17 de octubre de 2020 (BOCYL nº 215 de 16 de octubre de 2020) en los términos expuestos en la fundamentación jurídica del auto que adjuntamos.
El Tribunal además resuelve que la Administración deberá comunicar a la Sala de lo Contencioso-Administrativo cualquier incidencia que afecte sustancialmente a la ejecución de las medidas ratificadas o determinen, en su caso, la procedencia de alzar las mismas, al igual que deberá solicitar la ratificación de la prórroga de las medidas si fuera acordada por la Administración Sanitaria.
Limitación de reuniones familiares y sociales a seis personas
La Sala ha ratificado además, la medida contenida en el Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 en Castilla y León por la que se limita la participación en agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en vía pública como en espacios públicos y privados, a un número máximo de seis personas durante el plazo de 14 días naturales a contar desde las 00:00 horas del 17 de Octubre de 2020.
El Tribunal además resuelve que la Administración deberá comunicar a la Sala de lo Contencioso-Administrativo cualquier incidencia que afecte sustancialmente a la ejecución de las medidas ratificadas o determinen, en su caso, la procedencia de alzar las mismas, al igual que deberá solicitar la ratificación de la prórroga de las medidas si fuera acordada por la Administración Sanitaria.