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La sentencia declara que la instrucción impugnada no responde a la naturaleza de una orden dada por los órganos superiores sobre los inferiores con la finalidad de dirigir la actividad interna de la Administración
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCyL, con sede en Valladolid, ha estimado el recurso interpuesto por la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras, Castilla y León, y ha declarado nula de pleno derecho la instrucción conjunta 1/FYM/2021, de la Secretaria General y de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente sobre la incorporación de medios y la regulación del sistema de guardias de incendios forestales. El TSJ impone las costas a la parte demandada.
La sentencia declara que la instrucción impugnada no responde a la naturaleza de una orden dada por los órganos superiores sobre los inferiores con la finalidad de dirigir la actividad interna de la Administración, sino que tiene naturaleza normativa al regular aspectos que no tienen cobertura en el Decreto 89/2004 o infringen los preceptos del mismo o de los otros textos legales que se han citado.
Esta circunstancia, señala la Sala, afecta a las condiciones laborales del personal comprendido en el ámbito de aplicación de la instrucción, sin que sobre ellas haya habido la correspondiente negociación colectiva, lo que comporta la declaración de nulidad de pleno derecho de la instrucción.