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La Sala no aprecia ni atenuante ni eximente de trastorno mental por considerar que la mujer “durante el referido período temporal no tuvo afectados ni su conocimiento ni su capacidad de juicio y de razonamiento ni su voluntad”
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la condena a 4 años y tres meses de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Ávila a una mujer, con problemas psiquiátricos, que suministró droga a su bebé, de dos años, en varias ocasiones.
La Sala de lo Civil y Penal del TSJ rechaza el recurso interpuesto por la defensa de la mujer contra la decisión de la Audiencia abulense, que la condenó por maltrato habitual y por delito contra la salud pública y la absolvió del delito de tentativa de asesinato y abandono de menores.
Los hechos ocurrieron entre abril y junio de 2020, después de que la mujer recibiera el alta médica tras un ingreso hospitalario por sus problemas mentales. La sentencia considera probado que en varias ocasiones “administró repetidamente al niño distintas dosis de diazepam, venlafaxina (antidepresivo) y cocaína, con riesgo, por su escasa edad, de producirle una intoxicación al menor, si bien no consta que el niño haya sufrido lesiones a causa de referida ingesta”.
El Tribunal no aprecia ni atenuante ni eximente de trastorno mental por considerar que la mujer “durante el referido período temporal no tuvo afectados ni su conocimiento ni su capacidad de juicio y de razonamiento ni su voluntad”.
La mujer ha resultado absuelta del delito de asesinato en grado de tentativa, por el que inicialmente estaba acusada, por suministrar un biberón con droga a su hijo, justo antes de intentar suicidarse tras dejar una nota y alertar a un familiar.
Explica la sentencia que el “10 de junio de 2020, encontrándose en su domicilio, decidió acabar con su vida ingiriendo una serie de fármacos, si bien, con anterioridad, y con el propósito de dormir y tener tranquilo a su hijo menor (…), y para que no requiriera de la atención materna durante el proceso de suicidio, le preparó un biberón de 240 mililitros disolviendo en la leche un número no determinado -entre una y cuatro- de pastillas de diazepam de 10 miligramos cada una de ellas, junto con una cantidad no precisada de cocaína, dándoselo seguidamente a beber al niño, el cual inició la ingesta del mismo interrumpiéndola al no querer continuar bebiéndolo y habiendo ingerido una cantidad no especificada que pudo ser aproximadamente de 60 mililitros. A continuación y tras escribir una nota en la que explicaba lo que había hecho realizó ella misma una ingesta de medicamentos con intención de suicidarse y llamó por teléfono a la pareja de su madre, diciéndole que había tomado pastillas para suicidarse y que había dado tranquilizantes a su hijo”. El menor, cuya tutela asumió la Administración, no requirió tratamiento alguno por este episodio, al no haber sufrido ninguna lesión tras la ingesta parcial del contenido del biberón.
La sentencia priva a la mujer condenada de la patria potestad durante tres años. Además, le impone la prohibición de ver a su hijo y comunicarse con él durante 5 años. Esta parte de la pena ya se da por cumplida porque desde que ocurrieran los hechos, en 2020, esa medida de protección ha estado vigente como medida cautelar.