Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
El TSJ de Castilla-La Mancha califica las declaraciones de la víctima como de “persistentes y reiteradas en lo esencial”
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha rechazado el recurso de un joven de 22 años que fue condenado a cinco años de prisión por quebrantamiento de medida cautelar en concurso con un delito de detención ilegal y otro de lesiones leves en el ámbito de la violencia de género por retener a su expareja durante horas saltándose la prohibición de aproximarse a ella.
El acusado mantuvo una relación sentimental durante tres años con la víctima. El 28 de agosto de 2023 un juzgado de Guadalajara le prohibió comunicarse y acercarse a ella a menos de 500 metros. A pesar ello, el 13 de septiembre acudió al domicilio de su expareja en Mondéjar, en el que se encontraba su madre, que le pidió que se marchase. El 20 de septiembre fue a un parque de la localidad donde estaba la perjudicada y, agarrándola del pelo, la introdujo a la fuerza en el vehículo. Luego le propinó un puñetazo en la cara. Posteriormente, el acusado condujo hasta un descampado de Guadalajara donde dejó el coche y se dirigió a la vivienda de sus tíos, donde la mujer consiguió que le permitiese ir al baño y escribir un whatsapp a su padrastro pidiéndole que llamara a la policía. El acusado la retuvo varias horas hasta que llegaron las agentes, fue detenido y enviado a prisión provisional.
Los magistrados fundamentan su decisión en la declaración de la mujer, calificando sus manifestaciones de “persistentes y reiteradas en lo esencial, corroboradas periféricamente por datos objetivos y sin que quepa dudar de su credibilidad subjetiva (…) los hechos probados traen causa directamente de las manifestaciones de Claudia, que revela el quebrantamiento del acusado de la medida cautelar, la detención ilegal y las lesiones”.
La sentencia de instancia ratificada ahora por la Sala de lo Civil y Penal del TSJCLM le condenó, además, a indemnizar a la denunciante con 2.000 euros.