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La Sala confirma la pena de multa y la obligación de restituir el dinero sustraído
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha ratificado la condena de la Audiencia Provincial de Toledo contra un hombre que se apropió de 32.000 euros de la cuenta bancaria de su expareja. La pena inicial de 45 días de prisión ha sido conmutada por una multa de 540 euros, además de la obligación de devolver íntegramente el dinero sustraído.
La sentencia relata que, tras terminar su relación sentimental y firmar de mutuo acuerdo un documento privado para regular el cese de la convivencia en abril de 2016 -en el cual se acordó que él dejaría el domicilio familiar a la espera de las medidas judiciales sobre sus dos hijos-, el encausado con el objetivo de obtener un beneficio económico ilegítimo, transfirió a su propia cuenta 32.000 euros que pertenecían a su exmujer, titular de la cuenta bancaria en la que él constaba previamente como autorizado, todo ello sin el conocimiento ni el consentimiento de ella.
El tribunal señala que la cuenta den donde se retiraron los fondos pertenecía a la denunciante, estando autorizado su expareja. Asimismo, la prueba documental practicada acredita plenamente -y el propio acusado reconoce- que ordenó una transferencia a una cuenta de su exclusiva titularidad apenas dos días después de finalizar la convivencia y la relación sentimental.
No consta que el dinero haya sido devuelto en ningún momento. La documentación aportada evidencia la apropiación indebida, sin que la acusación se funde exclusivamente en el testimonio de la denunciante, por lo que la sentencia apelada, según concluyen los magistrados, valora la prueba practicada de forma motivada, detallada y ajustada.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.