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El tribunal sostiene que también es “objetivamente razonable” pensar que la víctima pudiera temer seriamente por su vida
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha confirmado la condena de dos años de prisión por un delito contra la integridad moral y otro de amenazas impuesta a un hombre por amedrentar y menospreciar a un vecino de su urbanización de nacionalidad colombiana. El tribunal también ratifica la obligación de indemnizarle con 3.000 euros por daño moral, la imposición de una multa de 1.680 euros y su inhabilitación para profesión u oficio educativo durante tres años.
La sentencia relata que entre julio de 2021 y julio de 2022 el acusado, “con clara intención de humillar, menospreciar y atentar contra la dignidad” del denunciante por su origen colombiano, se dirigió de forma “habitual, reiterada y hostil” profiriéndole expresiones como: “vete a tu país”, “mono de mierda”, “no tienes nada en las tripas”, además de dirigirle comentarios del tipo “a esta gente hay que exterminarlos”. Igualmente, le envió mensajes discriminatorios y ofensivos a través de whatsapp.
En una ocasión regresó de su casa con un objeto parcialmente oculto en su bañador que sobresalía por la cintura y que sujetaba con su mano, parecido a la culata de un arma, y con tono amedrentante le dijo: “Ponte de rodillas y me cantas el ‘cara al sol’, que te voy a matar delante de tus hijos”.
La Sala ratifica lo resuelto en la instancia. “La existencia de una pluralidad de expresiones vejatorias y violentas previamente emitidas por el acusado, la utilización de un objeto que, si no era realmente un arma, claramente quiso hacerla pasar por tal, y la dureza del acto final (…) son circunstancias que permiten sostener la gravedad de la amenaza”, razonan los magistrados. Y sostienen que resulta “objetivamente razonable” pensar que la víctima pudiera temer seriamente por su vida.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.