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Principales vistas orales señaladas en los órganos judiciales de Cantabria.
Lunes, 17 de enero
09:30 horas
Sección Primera de la Audiencia Provincial
Procedimiento Abreviado 44/2021
Delito contra la salud pública
Acusado de vender marihuana y cocaína en la zona de la Bajada de la Encina, en Santander.
En la entrada y registro del domicilio familiar del acusado se encontraron útiles para distribuir droga al por menor, así como 75 gramos de cocaína que, según la fiscalía, “el acusado poseía para distribución entre los consumidores”.
También se registró la vivienda que el acusado ocupaba con su pareja y en ella se encontraron 75,16 gramos de resina de cannabis y 6,19 gramos de cogollos de marihuana, que, nuevamente, “poseía para su distribución a los consumidores”.
Los hechos narrados constituyen, a juicio del ministerio fiscal, un delito contra la salud pública de sustancias que causan grave daño, merecedor de una pena de cuatro años de prisión y 6.000 euros de multa.
10:00 horas
Sección Tercera de la Audiencia Provincial (Salón de Actos)
Procedimiento Abreviado 8/2021
Apropiación indebida, pertenencia a grupo criminal y blanqueo de capitales
Cinco acusados, miembros de una ONG, que, según la fiscalía, “actuaron conjuntamente con propósito de enriquecimiento”.
El escrito de calificación fiscal indica que en 2013 uno de los acusados creó la asociación sin ánimo de lucro “Música por la Paz”, dedicada a atender en 16 centros repartidos por todo el país a personas en riesgo de exclusión, principalmente niños y personas sin trabajo.
“Bajo el pretexto presuntamente altruista de dicha asociación subyacía una estructura piramidal, desplegada a lo largo de todo el territorio nacional” que, “a pesar de desarrollar materialmente una verdadera labor prestacional, destinaba la mayor parte de sus ingresos para subvenir las necesidades y gastos” de los acusados.
Señala la fiscalía que en los centros “se realizaba una labor prestacional en favor de menores desfavorecidos como pretexto para sostener un entramado con el que cooptar múltiples donaciones de efectivo, que a la postre gestionaba discrecionalmente” el fundador de la asociación.
Explica, en este sentido, que este “ostentaba el control absoluto respecto de todos los ámbitos de gestión”, incluyendo los diversos centros existentes y el destino de las recaudaciones obtenidas “bajo el precitado fin altruista”.
En un segundo nivel se encontraba su hijo, quien le suplía en caso de ausencia y que tenía la facultad de disposición y representación ante la entidad bancaria depositaria de los fondos de la organización; otra hija, encargada de la organización de la asociación en la zona de Galicia; la nuera del principal acusado, encargada de la página web y las redes sociales; y otra persona, también acusada, encargada de representar a la asociación y captar voluntarios.
Las donaciones obtenidas por la asociación “se obtenían mediante múltiples sorteos” en los que el principal acusado “se servía de colaboradores voluntarios, a los que entregaba una comisión por cada venta, ingresándose el resto en múltiples cuentas, de las que el acusado disponía libremente, al ostentar el control económico absoluto”.
“De este modo, procedió a disponer a su antojo de los fondos recaudados y, salvando un porcentaje que destinó a subvenir los gastos de la asociación, procedió a disponer fraudulentamente de los mismos”.
Así, entre 2014 y 2017 “llevó a cabo múltiples e injustificadas extracciones de efectivo”, hasta 363.170 euros, que “pasaron a engrosar su patrimonio”.
Del mismo modo, su hijo y él, en el mismo periodo, “procedieron a efectuar transferencias injustificadas a cuentas de titularidad exclusiva del principal acusado, así como de otros integrantes de la asociación por un global de 106.397 euros”.
Parte de esas cantidades fueron entregadas a la hija del principal acusado, la encargada de la zona de Galicia. “Con la anuencia de su progenitor” procedió a “desviar en su favor” un total de 64.259 euros a través de transferencias bancarias a su cuenta personal y diversos ingresos en efectivo procedentes de la venta de papeletas.
Por su parte, el hijo del principal acusado y su pareja, encargada de la página web de la asociación y de sus redes sociales, participaron de “cuantiosos ingresos”. “Ambos vinieron recibiendo periódicamente transferencias desde el año 2015, logrando de este modo cantidades que ascienden a 74.995 euros en el caso de él, y 33.629 euros, en el caso de ella, que en todo caso procedían indebidamente de las aportaciones altruistas de los voluntarios”.
El representante de la asociación, también acusado, era quien captaba a voluntarios que no tenían “ningún tipo de vinculación, generalmente debido a su precaria situación económica, y que se encargaban de obtener donativos a cambio de la pertinente comisión mediante la venta de papeletas para sorteos y actividades varias”. Esta persona obtuvo de la asociación entre 2014 y 2017 un total de 177.634 euros.
Por último, otra hija del principal acusado -que no estaba formalmente integrada en la asociación y que será juzgada en concepto de partícipe a título lucrativo- percibió, según el fiscal, 7.000 euros procedentes de la cuenta de la asociación que destinó a gastos personales.
El escrito de la fiscalía concluye señalando que “con la finalidad de obtener salida efectiva a los cuantiosos ingresos obtenidos por su actividad delictiva”, el principal acusado adquirió tres turismos y dos embarcaciones por un importe total de 77.842 euros.
Los hechos narrados constituyen, a juicio del ministerio público, un delito de apropiación indebida y otro de pertenencia a grupo criminal, que atribuye a todos los acusados, y, además, un delito blanqueo de capitales, que se imputa al principal acusado por la compra de los vehículos.
La pena solicitada para quien era el responsable de la asociación asciende a ocho años de prisión, 14.400 euros de multa e inhabilitación para administrar empresas o asociaciones por un periodo de tres años.
Para su hijo, la condena pedida por el ministerio fiscal es de tres años y nueve meses de prisión, y multa de 7.200 euros; la misma petición que para el que se encargaba de la captación de voluntarios.
Para la hija que llevaba la zona de Galicia y para la pareja del hijo, que era la que atendía la página web, la pena solicitada es la misma: dos años y medio de cárcel y 7.200 euros de multa para cada una de ellas.
En concepto de responsabilidad civil, fiscalía solicita que el principal acusado indemnice a la asociación “Música por la Paz” en 469.568 euros; y que los demás lo hagan en las cantidades percibidas, antes ya reseñadas.
La hija que no pertenecía a la asociación y la mujer del principal acusado, como partícipes a título lucrativo, también deberán responder, a juicio de la fiscalía, indemnizando a la asociación en 7.000 y 18.732 euros, respectivamente.
11:30 horas
Sección Primera de la Audiencia Provincial
Procedimiento Sumario Ordinario 19/2020
Tentativa de asesinato y encubrimiento
Continuación de la vista iniciada el pasado 16 de diciembre en el que se enjuicia a un acusado de apuñalar a un hombre que sufrió riesgo vital. También se enjuicia al hombre que le ayudó a huir tras los hechos.
Según el escrito de la fiscalía, el acusado, de 18 años, había mantenido una hora antes un altercado con otro hombre, de 19 años, a quien conocía porque éste había sido pareja de la hermana del ahora enjuiciado y ambos “se llevaban mal”.
Pasada una hora del altercado inicial, “ambas partes de encontraron o se buscaron, pero sin mediar más que unas pocas palabras entre ellos” el acusado salió de un vehículo que conducía un amigo –también procesado- y encontrándose frente al perjudicado “sacó sorpresivamente un cuchillo de cocina, con filo único y unos 15 centímetros de largo, clavándoselo en el abdomen”.
Explica el ministerio público que le apuñaló “en un solo lugar, pero empujando o hurgando tres veces, dejándole el intestino fuera de la cavidad abdominal y a la vista”.
El acusado huyó “inmediatamente” en el vehículo que conducía su amigo, “quien ayudó al acusado a huir del lugar a toda prisa”.
Según informe del forense, la víctima sufrió un riesgo de “carácter vital, de no haber mediado atención médica y tan rápido como se le proporcionó”.
Los hechos constituyen, a juicio de la fiscalía, un delito de asesinato en grado de tentativa -del que es autor el supuesto agresor- y otro delito de encubrimiento -atribuido al conductor del vehículo en el que huyó el anterior.
La pena solicitada para el primero asciende a nueve años de prisión y el pago de una indemnización de 7.600 euros a favor del agredido, y de 12.300 euros para el Servicio Cántabro de Salud por los gastos médicos generados.
Para el segundo, la petición de condena asciende a un año y medio de cárcel.
Martes, 18 de enero
09:30 horas
Sección Primera de la Audiencia Provincial
Procedimiento Sumario Ordinario 19/2021
Secuestro, robo, lesiones y tráfico de drogas
Dos acusados de secuestrar a un hombre al que le exigían dinero.
Según el escrito de la fiscalía, la víctima debía a uno de los acusados unos 600 euros por la compra de sustancias estupefacientes.
El acusado “decidió conseguir el dinero por la fuerza”, así que en julio de 2020 esperó al hombre en un aparcamiento de Nueva Montaña, Santander, junto a otras dos personas no identificadas. El acusado le reclamó el pago de 1.000 euros y cuando aquél dijo que no lo tenía, el acusado y sus acompañantes introdujeron al hombre en el vehículo y lo llevaron hasta un inmueble abandonado situado en Adarzo.
A lo largo del trayecto, “le agredieron repetidamente, impidiéndole bajar del coche, aunque este se comprometía a abonar la deuda a finales de mes”.
Una vez en el inmueble, el acusado y sus acompañantes le sentaron en un taburete, le ataron las manos y le quitaron los zapatos, las llaves y su teléfono móvil. Le exigieron que les dijera dónde vivía y le dejaron que realizara tres llamadas para conseguir el dinero reclamado, lo que hizo, pero sin lograr reunir la cantidad solicitada.
Posteriormente y según la fiscalía, le amenazaron con cortarle los dedos con un alicate y con un machete, le azuzaron con un perro y le obligaron a desplazarse a otro lugar.
Allí se encontraba el segundo de los acusados que, junto al primero, introdujo al hombre en un habitáculo pequeño, una leñera, de un metro de alto por un metro de profundidad, donde fue encerrado.
Mientras se encontraba en ese lugar “fue humillado y amenazado de diversas formas”: le arrojaron agua encima, le midieron para cavar su tumba, le echaron gasolina en la ropa y le acercaron un mechero…, “todo ello para causarle un razonable miedo por su vida y conseguir que les diera la dirección de su domicilio y el PIN de su teléfono, lo que finalmente hizo el hombre”.
Entonces, el segundo de los acusados se desplazó al lugar donde el hombre vivía y allí se apropió de un anillo de oro con diamantes valorado en 700 euros, una cadena de oro y colgante valorado en 500 euros y otros efectos, todo ello tras revolver toda la casa y causar numerosos daños. Los efectos sustraídos y dañados han sido tasados en 6.681 euros.
La vivienda pertenecía a quien era entonces pareja del secuestrado, que en ese momento se encontraba de vacaciones, y ya ha sido indemnizada por la aseguradora.
Tras regresar del domicilio, los dos acusados informaron al hombre de que habían entrado en la casa y le exigieron, para dejarle en libertad, efectivo de su cuenta bancaria, cuya libreta habían conseguido.
Le dejaron encerrado en la leñera y, al carecer esta de vigilancia, de madrugada pudo forzar la puerta y escapar descalzo, en busca de auxilio, hasta la Jefatura Superior de Policía, donde presentó la denuncia.
En el inmueble donde tuvieron lugar los hechos, el primero de los acusados cultivaba hachís y marihuana para su venta a terceros.
Los hechos constituyen un delito de secuestro, otro de robo con violencia e intimidación, un delito de robo con fuerza en casa habitada, otro contra la integridad moral, un delito leve de lesiones y un delito contra la salud pública de sustancias que no causan grave daño en concurso medial con un delito leve de defraudación de fluido eléctrico.
El primero de los acusados debe responder, a juicio de la fiscalía, por todos los delitos descritos, por lo que es merecedor de una condena de 18 años de prisión y 1.440 euros de multa.
Al segundo de los acusados atribuye el secuestro, el robo con intimidación, el robo con fuerza en casa habitada y el delito de defraudación de fluido eléctrico, delitos que suman una petición de condena de 14 años de cárcel y 1.080 euros de multa.
En materia de responsabilidad civil, el ministerio fiscal solicita que sean condenados a indemnizar conjunta y solidariamente a la víctima en 3.000 euros por las lesiones y daños psíquicos causados, a la aseguradora en 6.681 euros y a la compañía eléctrica en 456 euros.