Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
El fiscal rebajó en el juicio su inicial petición de prisión permanente revisable. La acusada tendrá que indemnizar con 270.000 euros a la madre biológica de la víctima de nueve años
La Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a un total de 25 años de prisión a una ciudadana china residente en Las Palmas de Gran Canaria que en la tarde del 8 de mayo de 2016 mató a palos a su hijastro, un niño de nueve años.
El fallo, que da forma jurídica al veredicto de culpabilidad emitido por el jurado en pasados días, condena a la acusada como autora de un delito de asesinato con la agravante de parentesco y de otro de maltrato habitual.
El marido de la acusada y padre de la víctima ha sido condenado a dos años de prisión por maltrato habitual.
Además de la condena penal, la sentencia impone a la acusada la prohibición de acercarse a la madre del niño fallecido durante 35 años y le obliga a indemnizarla con 270.000 euros. Su marido tendrá que añadir 30.000 euros a esta indemnización.
El Ministerio Fiscal pedía en sus conclusiones provisionales prisión permanente revisable para la principal acusada, pero durante el juicio modificó su escrito de calificaciones en aplicación de la doctrina fijada por el Supremo en un caso similar.
La sentencia, dictada por el magistrado Miguel Ángel Parramón, considera que el crimen “carece no ya de justificación, sino de explicación racional alguna” y califica de “intolerable” la gravedad del maltrato que sufrió el niño durante su corta existencia.
La resolución de la Audiencia, que se adjunta, es susceptible de recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.