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La sentencia del TSJ canario, ahora ratificada, estimó la demanda sobre conflicto colectivo planteada por delegados de personal de TVPC y por el sindicato CSIF
La Sala Social del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de Televisión Pública de Canarias S.A. contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que declaró nula la modificación sustancial de condiciones de trabajo comunicada a los trabajadores de dicha sociedad el 26 de abril de 2017, consistente en fijar en 40 horas semanales la jornada laboral con efectos 1 de mayo de 2017, y condenó a la empresa a reponer a los afectados en su jornada de 37,5 horas semanales.
La sentencia del TSJ canario, ahora ratificada, estimó la demanda sobre conflicto colectivo planteada por delegados de personal de TVPC y por el sindicato CSIF.
El Supremo destaca que el aumento de jornada es una modificación sustancial de condiciones de trabajo, y dado que el acuerdo que fijó la jornada semanal en 37,5 horas no ha sido declarado nulo, el incremento de la misma no podía efectuarse unilateralmente por la empresa.