Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
El proyecto se iba a poner en marcha en abril pasado, pero se aplazó su puesta en marcha para el 1 de octubre para integrar a todas las instituciones que lo secundan de forma entusiasta. Está concebido para que las jóvenes víctimas de delito sufran el menor trauma posible; incluso permite que presten su primera y única declaración en sede judicial acompañados por sus mascotas
Las Palmas de Gran Canaria será desde el próximo viernes, 1 de octubre de 2021, la primera capital de España en contar con un Juzgado especializado en la Violencia contra la Infancia y la Adolescencia. Se trata del Juzgado de Instrucción número 3 del partido judicial capitalino.
El Consejo General del Poder Judicial ya aprobó en febrero pasado el acuerdo para que todos los procesos penales registrados en el partido judicial de la capital (Las Palmas de Gran Canaria, Santa Brígida y La Vega de San Mateo) por presuntos delitos en los que las víctimas sean niños, niñas o adolescentes -es decir, individuos de entre 0 y 18 años- se remitan al referido juzgado de Instrucción. Se trata de una experiencia piloto pionera en el Estado. Comenzará este viernes y se desarrollará durante un plazo máximo de 24 meses.
El órgano judicial tenía previsto iniciar su andadura el pasado 1 de abril, pero aplazó esta fecha para dar cabida en el proyecto a todos los estamentos que de forma entusiasta lo secundaron y solicitaron integrarse en su consecución.
Entre el 1 de abril y la fecha de inicio se ha desarrollado una primera fase de preparación de las dependencias judiciales y se ha intensificado la coordinación con el resto de agentes que intervendrán en el desarrollo propio de las funciones del juzgado, ahora con las nuevas previsiones y exigencias introducidas por la Ley Orgánica 872021 de protección integral a la infancia y adolescencia frente a la infancia.
El proyecto consiste en un reparto especializado por el que, a partir del 1 de octubre, este juzgado conocerá con carácter exclusivo de las siguientes materias referidas a la infancia y adolescencia, conforme a lo aprobado por el Consejo General del Poder Judicial:
1.- Hecho calificado inicialmente como delito de lesiones de los artículos 147.1 (se excluyen los delitos leves), 148, 149, 150 y 153 cuando el presunto responsable sea una persona mayor de edad de las comprendidas en el artículo 173.2 y la víctima sea menor de edad.
2.- Hecho calificado inicialmente como delito (se excluyen los delitos leves) contra la libertad cuando el presunto responsable sea mayor de edad y la víctima sea menor de edad.
3.- Hecho calificado inicialmente como delito contra la integridad moral del artículo 173, cuando el presunto responsable sea una persona mayor de edad de las comprendidas en el artículo 173.2 y la víctima sea menor de edad.
4.- Hecho calificado inicialmente como delito de trata de seres humanos del artículo 177 bis del Código Penal cuando al menos una de las víctimas sea menor de edad.
5.- Hecho calificado inicialmente como delito contra la libertad e indemnidad sexuales de los artículos 178 a 180 (De las agresiones sexuales), en el que la víctima sea menor de edad.
6.- Hecho calificado inicialmente como delito contra la libertad e indemnidad sexuales de los artículos 181 a 182 (De los abusos sexuales), en el que la víctima sea menor de edad.
7.- Hecho calificado inicialmente como delito contra la libertad e indemnidad sexuales de los artículos 183 a 183 quater (De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años).
8.- Hecho calificado inicialmente como delito contra la libertad e indemnidad sexuales del artículo 184 (Acoso sexual) y la víctima sea menor de edad.
9.- Hecho calificado inicialmente como delito contra la libertad e indemnidad sexuales del artículo 185 a 186 (De los delitos de exhibicionismo y provocación sexual) y la víctima sea menor de edad.
10.- Hecho calificado inicialmente como delito contra la libertad e indemnidad sexuales del artículo 187 a 190 (De los delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores) y la víctima sea menor de edad y conste su filiación, particularmente en los asuntos referidos a la pornografía infantil.
Impulso del Gobierno canario
A partir del impulso desde la Viceconsejería de Justicia y Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia del Gobierno de Canarias en desarrollo de lo anterior y con el fin de lograr la mayor operatividad, eficiencia y eficacia posibles y con la pretensión de alcanzar criterios de máximos desde las exigencias de la justicia adaptada a niñas, niños y adolescentes se han alcanzado en este momento los siguientes acuerdos, a través del Juez Decano, D. Óscar González Prieto y previo informe a los Órganos de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, ya puestos en marcha:
Adaptación de espacios (mediante instalación de mamparas) en la Planta 5 De la Torre 4 creando las siguientes dependencias:
* Despacho para la Unidad de Valoración Forense Integral de Violencia Contra La Infancia y la Adolescencia.
* Sala de Exploración de víctimas menores de edad.
* Sala de Espera para familiares
* Area de esparcimiento
* Sala Polivalente para toma de declaraciones y Sala de control y observación.
- Infraestructuras de instalaciones para las nuevas dependencias
- Equipos de videograbación para Sala Gesell telemática y Sala Polivalente
- Dotación de mobiliario
La iniciativa, impulsada por la Junta de Jueces de Instrucción de Las Palmas de Gran Canaria y avalada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, se implanta en desarrollo del proyecto de Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la violencia, que en su disposición final decimoséptima contempla un mandato al Gobierno para la elaboración de dos proyectos de ley con el fin de establecer la especialización de la jurisdicción penal y civil, como en su día se hizo con la puesta en marcha de los juzgados de Violencia sobre la Mujer.
El Consejo General del Poder Judicial aprobó en su momento el Informe sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, entonces limitado a la especialización de los juzgados de infancia, familia y capacidad, y recordó que la creación de los órganos judiciales con competencia especializada en la protección de menores y adolescentes ya se contemplaba, como recomendación, en la Observación General del Comité de los Derechos del Niño nº 13 y en las Observaciones finales sobre los informes periódicos quinto y sexto combinados de España.
En particular, en este último, en su apartado 47, se recomendaba que el Estado español aumentara “el número de jueces especializados en la infancia” y velara “por que se disponga de juzgados especializados en justicia de menores y de procedimientos que tengan en cuenta las necesidades de los niños y, a este respecto, revise el acuerdo del Consejo General del Poder Judicial de 2017 relativo a transferir a los juzgados ordinarios jueces especializados en la infancia».
El partido judicial ideal
El partido judicial capitalino, recientemente reconocido con un premio nacional a la calidad de la Justicia por sus mejoras en el ámbito de protección a la infancia, tiene las condiciones idóneas para implantar la experiencia piloto: cuenta con la Guía de buenas prácticas a la infancia, protocolo de recepción y acompañamiento a las víctimas menores de edad, salas de espera acondicionadas y sala Gesell. El proyecto no precisa de un incremento de medios materiales ni personales.
Este proyecto se desarrollará durante un plazo máximo de 24 meses. Comenzará con la asunción del conocimiento por parte del juzgado competente de las causas que se incoen a partir del inicio del mismo. Al cese, el juzgado conservará la competencia para concluir las causas ya iniciadas.
Juez con amplia experiencia
A la conclusión de la experiencia, el juzgado elaborará una memoria en la que deberá, entre otros datos, recoger el número de asuntos tramitados, propuestas de mejora en la coordinación con otros órganos del sistema de protección, fiscalía, Juzgados de Violencia Sobre la Mujer, propuestas de mejora a fin de disminuir la duración del plazo de instrucción o para disminuir y/o eliminar la victimización secundaria, y cuantas medidas pudieran servir de inicial fuente de conocimiento para un mejor funcionamiento de los proyectados Juzgados de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia.
Esta memoria se remitirá a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de requerirse y por su conducto, al Consejo General del Poder Judicial.
El magistrado que afronta la dirección del proyecto piloto al frente del Juzgado de Instrucción número 3 de Las Palmas de Gran Canaria es Tomás Luis Martín Rodríguez, magistrado de carrera desde 1997, licenciado en Derecho por la Universidad de Salamanca en 1992. Es titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Las Palmas de Gran Canaria desde julio de 2003, y cuenta con una amplia experiencia en materia de la lucha contra el maltrato a la infancia y adolescencia.
Galería de imágenes