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La sentencia, que no es firme, considera, según jurisprudencia, que la solicitud de la reclamación patrimonial al consistorio está fuera de plazo
La titular del Juzgado Contencioso-Administrativo número 2 de Oviedo ha dictado una sentencia por la que desestima el recurso presentado por la representación legal de los propietarios del Hotel Kaype de Llanes contra el Ayuntamiento de la misma localidad, por silencio administrativo a su reclamación de responsabilidad patrimonial, donde se solicitaba una indemnización de 19 millones de euros por los daños y perjuicios derivados de la demolición de la ampliación del establecimiento hotelero.
El derribo de la ampliación del hotel, situado en la playa de Barro del concejo llanisco, se produjo como consecuencia de la anulación judicial, tanto del permiso para agrupar varias fincas como de la licencia de obras posterior. Esta última fue declarada ilegal de manera firme por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias el 28 de mayo de 2015 y, como consecuencia de la misma, indica la jueza en esta sentencia, “era ineludible la demolición de lo edificado” y los propietarios "lo sabían".
Para la magistrada, “no es necesario esperar al derribo de la edificación cuya licencia ha sido objeto de anulación para conocer el alcance, la trascendencia e importancia de los daños que pueden ser objeto de reclamación”. De esta forma, el plazo para presentar cualquier reclamación de responsabilidad patrimonial habría comenzado ese 28 de mayo de 2015, prolongándose durante un año. Sin embargo, no fue hasta el 14 de diciembre de 2018 cuando lo presentaron, con lo que, de acuerdo a la jurisprudencia existente, su recurso “se encontraría totalmente fuera de plazo”.
Contra la sentencia, que no es firme, cabe interponer recurso de apelación para ser resuelto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA.