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Considera el magistrado que estaba “camuflada” en el contrato y no fueron debidamente informados
El titular del Juzgado de Primera Instancia nº 3 ha dictado una sentencia en la que declara nula la cláusula suelo de una hipoteca firmada con Caja Rural de Asturias. El caso es el de un matrimonio que pleiteó contra dicha entidad bancaria por las condiciones de un préstamo hipotecario sobre su casa que había contratado en 2005 con el propósito de utilizar el dinero en adquirir una licencia de taxi.
El magistrado considera en su resolución que los afectados no fueron informados adecuadamente y que la estipulación objeto de litigio, que impidió que el interés bajara del 3% cuando el Euribor comenzó a descender en 2009, estaba "camuflada" en el contrato. El fallo considera además que los demandantes deben ser resarcidos por todo el dinero que pagaron de más en intereses debido a la acción de la cláusula suelo desde el primer momento.
Este es un criterio que se aparta del fijado por el Supremo y que coincide con algunas otras sentencias dictadas en Asturias en primera instancia.