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La sentencia contiene un voto particular de una de las magistrada de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Asturias solicitando la absolución del procesado
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Asturias ha condenado a seis años de prisión a un hombre guineano de 23 años acusado de abusar sexualmente de una joven de 18 años en un piso de acogida del barrio de El Quirinal en Avilés. Los magistrados le imponen además el pago de una indemnización de 6.000 euros a la víctima, así como la prohibición de acercarse a ella durante siete años.
La Fiscalía y la acusación particular, ejercida por el Centro de Asistencia a Víctimas de Agresiones Sexuales y Malos Tratos de Asturias (Cavasym), pedían nueve y doce años de cárcel, respectivamente, por un delito de agresión sexual. La defensa, que sostenía que hubo relaciones consentidas, había solicitado la libre absolución.
La sentencia concluye que el acusado no cometió una agresión sexual, como defendían las acusaciones, sino un abuso sexual pues relata "que si bien estamos en presencia de una ausencia de consentimiento absoluto no concurre la utilización de fuerza suficiente como elemento típico de la acción atentatoria contra la libertad sexual, entendida como una acción física encaminada a doblegar la resistencia de la víctima".
La sentencia contiene un voto particular de una de las magistrada en el que pide la absolución del procesado al detectar incongruencias en el relato de la denunciante y falta de pruebas.
El fallo considera hechos probados que la madrugada del 21 de enero de 2017, sobre las 2.30 horas de la madrugada, el condenado y un acompañante, se encontraron con la joven en una calle de Avilés y la convencieron para acudir a su domicilio, un piso de acogida en barrio de El Quirinal. En ese lugar la chica manifestó su deseo de irse, pero el ahora condenado la agarró de los brazos en el pasillo y la condujo hasta el baño de la vivienda. Siempre según recoge la sentencia, el acusado le dijo que quería mantener relaciones con ella, a lo que la joven se negó y pese al rechazo, la sujetó con los antebrazos, le tiró del pelo y la penetró vaginalmente, sin preservativo.
La magistrada que pide la absolución se basa en las incongruencias en el relato de la damnificada, en que los hechos ocurrieron con sus protagonistas en estado de embriaguez, en la exploración ginecológica, en la que no se apreciaron lesiones, y que las pequeñas abrasiones detectadas (un arañazo y un chupetón) son compatibles con una relación consentida".
La sentencia, que no es firme, puede ser recurrida ante la Sala Civil y Penal del TSJA.