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El tribunal descarta que fuera el incidente se produjera en legítima defensa
La Audiencia Provincial de Asturias ha condenado a pagar una multa de 800 euros al acusado de agredir a otras tres personas tras una discusión. Los hechos probados relatan que el denunciado, que portaba un cuchillo y una barra de hierro en la mano, acudió muy alterado al lugar donde se encontraban los denunciantes, que resultaron heridos tras el suceso. Además, deberá abonar una indemnización de 400 euros por las lesiones causadas.
“Aún en la hipótesis de estimar a la vista de las circunstancias concurrentes que los denunciantes se dirigieron al apelante de forma agresiva y con evidente provocación -expone el tribunal-, no puede discutirse a la vista de las lesiones que presentaban, que en el curso de la discusión que mantuvo con ellos les agredió, por lo que difícilmente se puede mantener que no tuviera ánimo de lesionar y tan solo de defenderse”.
Y concluye que procede desestimar el recurso al no considerar acreditado que el acusado se hubiera “encontrado en la tesitura de tener que repeler una agresión de quien a la postre resultó más lesionado, elemento absolutamente preciso para instrumentar cualquier eximente de legítima defensa, sino que y según se dice en el relato de los hechos probados se produjo un incidente, en el curso del cual agredió con la barra de hierro que portaba a los otros participantes”.
La sentencia es firme.