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El Juzgado de lo Penal nº 2 de Oviedo considera probado que Severino García-Vigón y dos de sus hijos no presentaron la liquidación del IVA de una de sus empresas durante tres ejercicios
El Juzgado de lo Penal nº 2 de Oviedo ha condenado a Severino García-Vigón como autor de tres delitos contra la Hacienda Pública ya definidos, referidos respectivamente al IVA de los ejercicios impositivos de 2009, 2010 y 2011, concurriendo la atenuante muy cualificada de reparación del daño causado, a las penas por cada delito de seis meses de prisión (en total un año y seis meses), inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo por igual tiempo, pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de incentivos o beneficios fiscales o de la Seguridad Social durante un año y medio y multa de 87.500 euros por el primer delito, 90.051,68 euros por el segundo y 107.387,87 euros por el tercero.
Asimismo, la sentencia condena a sus hijos Pablo y Miguel como cooperadores necesarios de los dos delitos contra la Hacienda Pública referidos respectivamente al IVA de los ejercicios impositivos de 2009 y 2010 y como coautores de un deliro contra la Hacienda Pública referido al IVA del ejercicio impositivo de 2011, concurriendo en tales tres infracciones la atenuante muy cualificada de reparación del daño causado, a las penas por cada uno de los dos primeros delitos a cada acusado de tres meses de prisión y multa de 43.750 euros por el primer delito y 45.025,84 euros por el segundo, y por el tercer delito a las penas a cada acusado de seis meses de prisión (por tanto en total para cada uno de ellos 1 año de prisión), y multa de 107.387,87 euros.
Además, se absuelve a la entidad ENASTUR S.A. actualmente ENASTUR EN LIQUIDACIÓN, de los delitos por los que venía siendo acusada al constar su disolución judicial.
En concepto de responsabilidad civil los tres acusados indemnizarán a la Hacienda Pública conjunta y solidariamente en la cantidad de 569.879,10 euros a que ascendieron las cuotas defraudadas en los tres ejercicios. No obstante se hace constar que esta cantidad se tiene por ya satisfecha con las cantidades ingresadas a tal fin en la instrucción de la causa, salvo en lo que respecta al incremento en los intereses de demora previstos en la Ley General Tributaria, con responsabilidad subsidiaria de la entidad ENASTUR S.A. actualmente ENASTUR EN LIQUIDACIÓN.