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Anula la parte de su articulado que hasta ahora les permitía acogerse al silencio administrativo en esta materia
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en una sentencia de la que ha sido ponente su presidente, el magistrado Jesús María Chamorro González, acaba de notificar una sentencia por la que obliga al Jurado de Expropiación Forzosa a manifestarse respecto a los justiprecios, mediante la anulación de la parte de su articulado que hasta ahora les permitía acogerse al silencio administrativo para no pronunciarse en esta materia.
La sentencia declara nulo de pleno derecho el punto 3 del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Jurado de Expropiación Forzosa del Principado de Asturias y recoge entre otros, el argumento jurídico del Tribunal Supremo de que el silencio administrativo previsto en dicho articulado resulta "gravemente pertubardor para el adecuado funcionamiento del procedimiento expropiatorio y, mas en general, para una fijación del justiprecio respetuosa de los principios que, con arreglo a la Constitución y a la Ley de Expropiación Forzosa, deben presidir esta materia".
Contra dicha resolución cabe recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo.