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La Sala de lo Contencioso desestima el recurso de los hosteleros porque cree que las medidas que incluye son adecuadas a la finalidad de protección de las personas minusválidas y el resto de los ovetenses
La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha desestimado íntegramente el recurso presentado por la Federación de Hostelería contra la Ordenanza reguladora de la instalación de terrazas de Hostelería en vía pública del Ayuntamiento de Oviedo (BOPA de 13 de febrero de 2015).
Los magistrados del TSJA consideran respecto a los motivos impugnatorios que "ninguno de ellos resulta contradictorio con la ‘discrecionalidad’ que en este ámbito se viene reconociendo a la potestad reglamentaria municipal, tratándose de meras apreciaciones subjetivas e interesadas frente a las que se detallan y que en modo alguno pueden considerarse desproporcionadas o irracionales, sino más bien adecuadas a la finalidad de protección de las personas minusválidas o del resto de los habitantes de la localidad".