El TSJ de Asturias confirma la condena a tres años y medio de prisión por apropiarse de 28.000 euros de su madre enferma

El tribunal considera probado que el acusado ocultó cuentas y vació fondos aprovechándose del deterioro cognitivo de la mujer

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Comunicación Poder Judicial

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha rechazado el recurso de un hombre contra la sentencia que le condenó a tres años y medio de cárcel por apropiarse de 28.000 euros de su madre enferma. Además de restituir el dinero, el tribunal mantiene la multa impuesta de 2.710 euros.

La sentencia detalla que, en junio de 2019, el acusado Fermín sacó a su madre de la residencia donde vivía debido a su deterioro cognitivo, bajo la excusa de unas vacaciones, y desde entonces impidió que sus cinco hermanos la visitaran o contactaran con ella. Meses después, acudió a una notaría de Oviedo junto a él para otorgarle un apoderamiento general, un documento sobre voluntades anticipadas donde lo nombraba tutor legal y, posteriormente, un testamento que lo beneficiaba como principal heredero. Paralelamente, se tramitó una demanda de incapacidad presentada por otro de los hermanos, tras la cual la justicia designó oficialmente a Fermín como tutor de su madre, una decisión que fue recurrida por la familia, pero ratificada por la Audiencia Provincial.

En agosto de 2019 se abrió una cuenta en ING a nombre de la anciana con su hijo Fermín como autorizado, donde se ingresaron 10.000 euros procedentes de otra cuenta de la titular y se centralizó su pensión y gastos. Posteriormente, en enero de 2020, la madre realizó un traspaso de 25.000 euros entre cuentas propias de Liberbank (actual Unicaja). Meses más tarde, en junio y julio de 2020, la esposa del acusado, quien estaba autorizada, retiró 28.000 euros en total, cantidad que el acusado se apropió en su propio beneficio. Dicha cuenta fue cancelada en septiembre de 2020, antes de que el acusado asumiera formalmente su cargo de tutor en febrero de 2021, por lo que este saldo no se incluyó en el inventario judicial de bienes.

La Sala expresa que la sentencia de instancia está correctamente motivada porque explica de forma razonada sus conclusiones, aunque el recurrente no las comparta. El tribunal considera probado que el acusado, en su calidad de tutor, ocultó en el inventario judicial una cuenta bancaria de la que él y su mujer eran los únicos autorizados, habiendo excluido previamente a otros familiares. Desde esa cuenta, la esposa realizó extracciones por importe de 28.000 euros que el tutor no declaró ni justificó adecuadamente.

El tribunal descartó las explicaciones del condenado -como gastos en la adaptación de la vivienda o el supuesto uso libre por parte de la anciana- por carecer de veracidad según los testimonios de los testigos. Por tanto, la sentencia es sólida y cumple con la motivación exigida.

La sentencia puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.