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Los magistrados señalan que el trastorno ansioso-depresivo no puede considerarse cronificado al no haber transcurrido dos años de tratamiento en salud mental
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha desestimado el recurso de una ganadera que solicitó la incapacidad permanente por una patología en el hombro, secuelas de una mastectomía y trastorno ansioso depresivo, por lo que ratifica la sentencia de un juzgado Social de Oviedo que la denegó porque sus lesiones no son incapacitantes laboralmente.
La Sala comparte la conclusión alcanzada por el juzgador de instancia. Los magistrados explican que la recurrente es una trabajadora por cuenta propia con una profesión habitual de ganadera, que está afectada de tendinopatía calcificante del supraespinoso izquierdo, molestias por una prótesis mamaria y un trastorno ansioso-depresivo. “Este estado no puede calificarse como tributario de la incapacidad permanente solicitada en cualquiera de los grados interesados, ya que las patologías acreditadas no dan lugar a limitaciones relevantes en la capacidad laboral de la trabajadora susceptibles de impedir la realización de las fundamentales tareas de su profesión habitual, pues la movilidad del hombro es normal, la dolencia psíquica no puede considerarse cronificada al no haber transcurrido dos años de tratamiento desde que reinició el seguimiento en salud mental en 2023, y en cuanto a la dolencia oncológica, la misma cursa con molestias según se refleja en la información clínica aportada”, concluye el tribunal.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación.