Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
El tribunal argumenta que tales expresiones “son susceptibles de causar temor y que son reveladoras por sí mismas de un dolo específico de atemorizar a la víctima, privándole de su tranquilidad”
La Audiencia Provincial de Asturias ha confirmado la multa de 180 euros a la que fue condenado el acusado de amenazar a un hombre cuando compraba el pan, a quien dijo mientras portaba una pala de dientes: “te voy a matar”; tal y como relata la sentencia, lo sucedido tuvo lugar en presencia del panadero.
Los magistrados señalan que las declaraciones del denunciante se mantuvieron “invariables” en todo momento, “sin ambigüedades ni contradicciones sustanciales”, por lo que “el recurrente no puede llevar a cabo una nueva interpretación de la prueba, contrapuesta a la realizada por el órgano jurisdiccional sentenciador”. Así, el tribunal manifiesta que las expresiones proferidas son de “carácter amenazante”, pues se anuncia “la posibilidad de causar un mal, susceptibles de causar temor y que son reveladoras por sí mismas de un dolo específico de atemorizar a la víctima, privándole de su tranquilidad, máxime si se tiene presente que vinieron acompañadas con la exhibición de una pala de dientes”. Y concluye que las limitaciones de movilidad que sufre el denunciado, pues tiene reconocida discapacidad y dice ayudarse de la pala para caminar, no impiden su condena.