La Sala de Gobierno da por concluido el Plan Piloto y valora las audiencias previas telemáticas como una herramienta útil para los juzgados asturianos

El Órgano de Gobierno da el visto el bueno al Protocolo del Principado para esta materia pero considera que, antes de darle difusión a todos los órganos jurisdiccionales del territorio, deben modificarse algunos aspectos

Autor
Comunicación Poder Judicial

La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia, en su última reunión, y estimando que la experiencia piloto para valorar la herramienta puesta a disposición de los órganos judiciales por la Administración del Principado para la celebración de actos procesales telemáticos se ha desarrollado durante un tiempo suficiente como para extraer conclusiones, ha considerado que se trata de una herramienta útil, cuyo uso debe entenderse voluntario por los distintos órganos jurisdiccionales según las circunstancias técnicas y legales a valorar en cada supuesto concreto, la cual debe limitarse, por el momento, como recomienda el CGPJ, a la celebración de audiencias previas en los órdenes Civil y Mercantil (ámbitos en los que se desarrolló el Plan Piloto), especialmente en los procesos con objeto idéntico o similar.

Por todo ello, la Sala ha acordado dar el visto bueno el Protocolo propuesto por el Principado para esta materia, si bien se considera imprescindible, con carácter previo a proceder a su difusión general entre todos los órganos jurisdiccionales del territorio, que por parte de la Administración del Principado, a la mayor brevedad, y a la luz de la experiencia recabada mediante la experiencia piloto, se aclaren y solucionen algunos extremos encaminados especialmente a dotar de mayor seguridad jurídica los procedimientos utilizados.

Asimismo, la Sala aboga por que todas las mejoras requeridas deberían de ir acompañadas, cuando sea preciso, de los correspondientes manuales técnicos para su difusión a todos los órganos jurisdiccionales, y recuerdan que hay que tomar en consideración las sugerencias y aportaciones que pudiera efectuar el Consejo General del Poder Judicial, al que corresponde la aprobación definitiva del Protocolo.