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La mujer había arrendado un trastero que utilizaba como vivienda, y carecía de cédula de habilitación
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha desestimado el desahucio de una mujer por impago del suministro de luz de una nave-trastero que utilizaba como vivienda. La Sala declara no haber lugar a la resolución del contrato de arrendamiento ni al lanzamiento de la nave.
Según recogen los magistrados en la sentencia, la mujer había arrendado un trastero que utilizaba como vivienda, el cual carece de cédula de habilitación y de las licencias pertinentes pare el ejercicio del comercio y la industria.
El tribunal confirma la sentencia del juzgado de Instancia número 10 de Zaragoza al desestimar parcialmente la demanda interpuesta por el propietario de la nave al no constar probado que la inquilina no hubiera pagado la única contraprestación pactada para 2016 que ascendía a 40 euros por el consumo eléctrico cada dos meses.
Los magistrados señalan que “el pago siempre es prueba del deudor, no del acreedor, pues se trataría de la difícil prueba de un hecho negativo”, por lo que al existir dudas razonables sobre la existencia de suministro eléctrico en la parte de la nave ocupada por la arrendataria no estiman la demanda.