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Afirman que en los escritos presentados no se ha acreditado un especial perjuicio, adicional a la vulneración misma del derecho que se denuncia, y que permita acordar la medida sin oír a todas las partes personadas.
La Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha dictado tres autos en los que deniega, a tres asociaciones peticionarias, la adopción de medidas cautelarísimas por la implantación del pasaporte COVID en Aragón.
Las tres asociaciones solicitantes de la adopción de estas medidas de urgencia son la Asociación Provincial de Empresarios de Sala de Fiesta, baile y discotecas de Zaragoza, La Asociación Nacional por los Derechos Humanos LIBERUM y la Asociación ELEUTERIA.
En los autos dictados por la Sala los magistrados deniegan las peticiones realizadas porque no consideran que exista urgencia suficiente como para adoptar la suspensión cautelar solicitada sin escuchar (inaudita parte) a la administración afectada. Afirman que en los escritos presentados no se ha acreditado un especial perjuicio, adicional a la vulneración misma del derecho que se denuncia, y que permita acordar la medida sin oír a todas las partes personadas.
Por estas razones la Sala ha acordado denegar la petición y dar a las partes, Fiscalía y Administración, un plazo para que presenta sus alegaciones, plazo que finalizará a las 24:00 horas del día 1 de diciembre.