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La sentencia también confirma la pena de 3 años de prisión al acusado de encubrir el crimen
El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación presentado por A. R. T. contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza, de 8 de octubre de 2014, que le condenó a 23 años de prisión por un delito de asesinato. La Sala de lo Penal confirma la sentencia que condenó a J. M. H. M. a 3 años de prisión por encubrir el crimen.
Los hechos ocurrieron en junio de 2011 cuando el principal acusado después de discutir con su socio dentro de un cibercafé de su propiedad, que llevaba un año cerrado, le golpeó en trece ocasiones con un hacha hasta la muerte. Con la ayuda de su hombre de confianza, que presenció lo ocurrido en el local y a quien pagó 60.000 euros para comprar su silencio, A. R. T. construyó un sarcófago de cemento detrás de la barra del establecimiento donde ocultó el cadáver de la víctima y el hacha. La policía descubrió el cuerpo por una llamada de los vecinos alertando del mal olor que salía del local situado en la calle Navas de Tolosa de Zaragoza. El recurrente huyó a Florida desde donde fue extraditado a nuestro país.
La Sala de lo Penal concluye que ha existido prueba de cargo suficiente -declaración del coimputado reconociendo que presenció los hechos y otros elementos de corroboración- y que ha sido valorada razonablemente por el tribunal para condenar al recurrente que mantenía que la muerte de su socio se produjo cuando él estaba fuera de España.
La sentencia rechaza también el recurso de casación interpuesto por la acusación particular alegando que existió un acuerdo entre los dos acusados para matar a la víctima y que había prueba suficiente para condenar como coautores a ambos.