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El Tribunal Supremo confirma la condena al exedil y a un funcionario en relación con la certificación de las cuentas de una sociedad urbanística de la que eran presidente y secretario, respectivamente
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a seis meses de suspensión de empleo o cargo público impuesta al exalcalde de Mallén (Zaragoza) Antonio A.M. y al funcionario del Ayuntamiento Pedro R.L. por un delito de falsedad del artículo 398 del Código Penal en relación con la certificación de las cuentas de la sociedad urbanística de Mallén S.A. (SUMM) de la que eran presidente y secretario, respectivamente.
El tribunal desestima los recursos de casación interpuestos por los condenados contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza que, además de la citada condena, acordó la absolución de ambos recurrentes por un delito continuado de falsedad en documento mercantil.oui
La Sala explica que en este caso se ha librado una certificación falsa por la autoridad (Alcalde) y por el funcionario (Secretario) de la sociedad urbanística municipal; su trascendencia es escasa, a juicio de la sala sentenciadora, pero existente y real, tal y como explica el tribunal de instancia. “Pudiéndose añadir que, si certificar es reflejar y hacer constar una verdad, que se conoce y aprecia por haber sucedido y existir efectivamente, aquí se ha puesto en riesgo el tráfico jurídico, en cuanto se ha declarado por cierto lo que no había sucedido, dando lugar indebidamente acceso al Registro Mercantil de cuentas que no habían sido aprobadas”, subraya la sentencia.