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La sentencia hecha pública esta mañana por la sección III de la Audiencia Provincial de Zaragoza absuelve a los dos trabajadores del Auditorio de Zaragoza los delitos que se les imputaban por malversación de caudales, ya que según expresa la magistrada presidente del Tribunal del Jurado “no ha quedado acreditado que ambos acusados, desde comienzos del año 2008 de común acuerdo y con ánimo de enriquecerse a costa del patrimonio municipal del Audiorama, procedieran a elaborar diversas certificaciones sobre la base del importe de determinadas facturas de material que no fuera destinado al Auditorio, sino al patrimonio de los acusados”.
José Luis M. O. y Juan Carlos L. D. R. quedan por tanto absueltos como autores de un delito continuado de malversación de Caudales Públicos, como autores de un delito continuado de malversación de caudales públicos de carácter impropio, y al acusado José Luis M. O., como autor de un delito continuado de falsedad en documento mercantil.
El jurado en su veredicto declaró la no culpabilidad de los acusados al no encontrar pruebas suficientes que demostraran que se habían quedado con los bienes objeto de litigio, ni de que dichos bienes se hubieran facturado al auditorio por parte de Aragonesa de Servicios por lo que procedió a dictar un fallo absolutorio.
Tras su deliberación, los miembros del jurado llegaron a la conclusión unánime de que no existía “una relación clara entre los cuadros de facturación y las certificaciones con lo que no se puede demostrar los delitos de los que se culpa a los acusados”.