Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
El tribunal señala que “no existe prueba objetiva que demuestre la existencia de pactos o acuerdos previos entre denunciante y denunciado”
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha absuelto a un vecino de la localidad zaragozana Osera del Ebro acusado de un delito de apropiación indebida por quedarse con un cupón de la ONCE que resultó premiado con 9 millones de euros en el sorteo del 23 de agosto de 2013.
La sentencia señala que previamente al sorteo, el acusado y un amigo adquirieron dos cupones en un bar de localidad, cuyos números resultaron ser premiados con 9 millones de euros el primero, y con 30.000 euros el segundo. No obstante, el tribunal afirma que “no existe por lo tanto, prueba objetiva que demuestre la existencia de pactos o acuerdos previos entre denunciante y denunciado, y al ser los cupones al portador, los mismos se abonan a quien los posee, hecho así acaecido y que eliminan cualquier posible duda o certidumbre sobre la existencia del tipo penal por el que se acusa”, quedando por ello, absuelto de las acusaciones.