Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
En sentencia de conformidad
La Audiencia Provincial de Zaragoza ha impuesto una pena de 12 años y dos meses de cárcel a un hombre condenado por múltiples delitos contra su expareja, entre ellos lesiones agravadas, coacciones, maltrato habitual, contra la integridad moral y quebrantamiento de condena, concurriendo las agravantes de parentesco y de discriminación de género. Asimismo, se le ha prohibido aproximarse o comunicarse con la víctima durante un periodo de 22 años. En el ámbito económico, el tribunal le obliga a indemnizarla con un total de 32.000 euros por daño moral, secuelas y lesiones sufridas.
El tribunal también ha condenado a un año de prisión, en calidad de inductora, a una mujer que mantenía una relación con el acusado. Asimismo, se le prohíbe aproximarse o comunicarse con la víctima durante un periodo de tres años y medio, y se le impone la obligación de indemnizarla con 1.000 euros en concepto de daño moral. No obstante, la ejecución de la pena de cárcel ha quedado suspendida por dos años, bajo la condición de que no delinca en ese plazo y de que cumpla 90 días de trabajos en beneficio de la comunidad.
De acuerdo con el relato de los hechos en la sentencia, el acusado retuvo a la víctima en el interior de la vivienda durante dos meses, periodo en el que la insultó, amenazó y agredió físicamente de forma diaria con puñetazos y patadas. Por su parte, la acusada, que residía en el mismo domicilio, incentivó y justificó dicha conducta violenta, animando al procesado a continuar con las agresiones. En una ocasión, mientras se encontraba en un establecimiento, el acusado golpeó fuertemente a la víctima en la cabeza con el mango de un cuchillo de cocina. Al caer al suelo a consecuencia del impacto, el agresor se colocó sobre ella para continuar propinándole puñetazos en el rostro.
El tribunal concluye que los hechos y la culpabilidad de los acusados quedaron demostrados porque tanto ellos como sus defensas estuvieron de acuerdo con las acusaciones presentadas por la Fiscalía y la acusación particular.
La sentencia es firme.