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Entienden los magistrados que no se ha desvirtuado la presunción de inocencia y por ello procede su absolución
La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha absuelto a un profesor del delito de abuso sexual continuado a un menor de 16 años por la falta de verosimilitud, coherencia y las contradicciones en las declaraciones del menor, porque las declaraciones de los testigos no aportaron datos relevantes que corroboraran los testimonios del menor denunciante y porque la sentencia no argumentó razones significativas para atribuir valor a las pruebas periciales de las acusaciones y desechar las de la defensa, basándose solo en el carácter parcial o imparcial que les atribuye por su procedencia y de algunos argumentos irrelevantes. Por todo ello, al no desvirtuarse la presunción de inocencia del acusado, los magistrados declaran su absolución con todos los pronunciamientos favorables.
En su sentencia, los magistrados no admiten los hechos que la Audiencia Provincial de Zaragoza considera probados y ponen el énfasis en las contradicciones en las que incurrió el menor en sus distintas declaraciones, contradicciones que no fueron reflejadas en la resolución de la Audiencia ahora recurrida.
Entiende el tribunal de apelación que “estas contradicciones (del menor) no son anecdóticas, sino que afectan a aspectos relevantes, y no pueden ser consideradas como meros olvidos, ya que afectan a la credibilidad del declarante”. También consideran que los testimonios de los testigos no aportan elementos relevantes que corroboren la declaración del menor.
Con los argumentos expuestos en la sentencia concluye este tribunal que “se ha producido un error en la valoración probatoria efectuada por el tribunal sentenciador, que afecta tanto a la declaración del denunciante, como a las declaraciones que se estiman corroboradoras y a la prueba pericial de tal manera que, en el presente caso, no puede estimarse que exista suficiente prueba de cargo para destruir la presunción de inocencia”.
Por ello, el tribunal estima el recurso de apelación interpuesto por Luis Ramón L. M. contra la sentencia de la Audiencia de Zaragoza que le condenó por un delito continuado de abusos sexuales a menor de dieciséis años y declara su absolución con todos los pronunciamientos favorables. Con ello, se revoca y deja sin efecto la mencionada sentencia del tribunal de primera instancia.
Contra esta resolución del TSJA cabe recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.