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La Sala de lo Civil y Penal del TSJA ha rechazado los recursos presentados por ex directivos de Mercasevilla S.A. que solicitaban la nulidad de la grabación que originó la investigación judicial por presunto cohecho del caso Mercasevilla.
El Alto Tribunal cree que la prueba no es provocada sino "lícitamente obtenida, pertinente y válida". La Sala añade que los empresarios que grabaron la conversación actuaron “de buena fe".
El TSJA señala además que, aunque la grabación “no deja de ser privada”, no se produjo “vulneración alguna del derecho a la intimidad ni al secreto de las comunicaciones, pues no hay óbice de constitucionalidad ni vulneración de tal derecho cuando quien registra la conversación es el destinatario de la misma o una de las personas intervinientes en ella”.