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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, ha acordado prorrogar durante siete días más las medidas sanitarias urgentes adoptadas por la Delegación Territorial de Salud y Familias en Sevilla, consistentes en la limitación de la libertad de circulación de las personas en vías y espacios públicos entre las 2:00 y las 7:00 horas, en el municipio sevillano de Villaverde del Río. Estas medidas se ratifican por un periodo de siete días naturales desde las 00.00 horas del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el BOJA, haciendo pública su autorización judicial.
La Sala considera que “las medidas cuya ratificación se interesa se hallan justificadas por razones de salud pública, ante la necesidad de evitar la propagación de la pandemia existente ya en su quinta ola” y, pese al levantamiento del Estado de Alarma, “siguen amparándose en normas legales que contemplan restricciones por razón de la tutela de otros bienes e intereses constitucionalmente protegidos como es la vida y la salud pública”.
Los magistrados insisten en “la debida proporcionalidad” de las medidas adoptadas y también señalan que no se trata de una suspensión del derecho o restricción de movilidad absoluta, sino relativa fijando una extensión temporal en una determinada franja horaria nocturna de 2 a 7 de la mañana, y con un catálogo de supuestos en los que se permiten los desplazamientos.