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Pese a ello, Andalucía continúa siendo una de las Comunidades Autónomas con niveles más altos de litigiosidad. Durante 2017, disminuyeron los asuntos ingresados en las jurisdicciones penal y contenciosa y subieron en la civil y social. En los seis meses de 2017 en los que estuvo vigente el plan de cláusulas suelo, Andalucía recibió más de 36.000 demandas. El Presidente del TSJA defiende la urgencia de un compromiso político para reformar el sistema judicial
Los juzgados y tribunales de Andalucía recibieron durante 2017 un 3% menos de asuntos que el año anterior. En concreto, ingresaron un total de 1.210.273 asuntos, frente a los 1.245.470 del año anterior. Aun así, las cifras recogidas en la Memoria Anual de Actividades y Funcionamientos del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 2017 reflejan todavía un porcentaje de ingresos demasiado elevado para los actuales recursos y contexto organizativo, deficitario y sumamente rígido, al tiempo que evidencia la necesidad de frenar la elevada litigiosidad, una de las más altas de los países de nuestro entorno.
Los andaluces continúan siendo de los que más litigan en los tribunales. Andalucía se sitúa, un año más, a la cabeza en número de asuntos ingresados a nivel nacional. Así, tenemos un porcentaje superior en un 21% al de la litigiosidad estatal, que alcanzó un total de 5.676.331 en los órganos judiciales españoles. Si la tasa en el conjunto del Estado ha sido de 126,1 asuntos por cada 1.000 habitantes, en el ámbito del TSJA es de 145,3 asuntos por cada 1.000 habitantes, por lo que sigue siendo de las más altas de España, superada por Canarias (164,8) y seguida de Baleares (138,7), Cantabria (129,6) y Asturias (128,7).
Descenso en las jurisdicciones penal y contenciosa
En el número global de asuntos, se mantiene otro dato estadístico repetido cada año: los procedimientos penales suponen cuantitativamente la mayor carga de trabajo judicial, en concreto el 62% del total. En el otro extremo, se sitúa el porcentaje relativo a la jurisdicción social (un 6%) y contencioso administrativa (un 4%), mientras que la jurisdicción civil supone un 28% del total de asuntos ingresados.
Durante 2017, bajaron los asuntos ingresados en las jurisdicciones penal y contenciosa y subieron en la civil y social. Así, la jurisdicción contenciosa ha sufrido una descenso del número de asuntos registrados de un 19% rompiendo la tendencia del año anterior que creció un 5%. Estos asuntos significan el 22% del total nacional, dato que indica que seguimos a la cabeza de la tasa de litigiosidad en esta jurisdicción, superada únicamente en el ámbito del País Vasco.
La jurisdicción penal ingresa un 5% menos de asuntos que en el año 2016, año en el que sufrió un descenso del 40%, sin duda con motivo de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2015, de reforma del Código Penal, y la Ley 41/2015, de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que supuso la destipificación de algunas conductas y la supresión de las faltas y que se dejaran de remitir a los Juzgados de Instrucción los atestados policiales cuando no exista autor conocido del delito denunciad. Los asuntos penales ingresados suponen el 23% del total de ingresos a nivel nacional, lo que nos sitúa en el segundo lugar de litigiosidad en esta jurisdicción.
Más de 36.000 demandas de cláusulas suelo en seis meses
La jurisdicción civil ingresa un 4% más de asuntos y rompe la tendencia de descenso del 5% del pasado año, ruptura que es posible obedezca al desmedido aumento de las reclamaciones en materia la materia relativa a las condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física.
La delicada situación generada en esta materia deriva de una escalada de asuntos civiles e innumerables reclamaciones a las entidades de crédito por parte de los consumidores, lo que afecta sensiblemente al funcionamiento de nuestros Juzgados y Tribunales, máxime cuando nuestro territorio asume más del 20% del registro a nivel nacional.
La propuesta del CGPJ, cuya entrada en funcionamiento quedó fijada el pasado 1 de junio de 2017, consistió en la especialización de un Juzgado de Primera Instancia en cada provincia, con competencia sobre todo el territorio de la misma, que de manera exclusiva y no excluyente conoce de la materia relativa a las condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física.
Esta propuesta, compleja y arriesgada por la necesidad de implicación de varias Administraciones, debería venir acompañada de medidas de refuerzo, adscribiendo al Juzgado especializado uno o varios Jueces, junto al nombramiento de Letrados de la Administración de Justicia y funcionarios por parte de las Administraciones competentes, así como la asignación de medios materiales.
Por ello, hay que decir que en sus comienzos hubo de superar muchos obstáculos de toda índole y naturaleza, y se necesitaron meses para su efectiva implantación, máxime cuando no se han cumplido plenamente las necesidades de refuerzo en los diversos Juzgados especializados, de forma que se carece del número suficiente de funcionarios para el volumen de ingreso y tampoco, de forma incomprensible, se destinaron Letrados de la Administración de justicia con dedicación exclusiva.
La estadística en los denominados Juzgados bis ha crecido desorbitadamente y es especialmente significativa en Andalucía. Así, contamos ya con un registro total de 49.274 procedimientos a fecha 31 de marzo de 2018, con la siguiente distribución geográfica: Almería: 3.443; Cádiz: 6.640; Córdoba: 4.153; Granada: 6.052; Huelva: 4.394; Jaén: 5.109; Málaga: 7.714; Sevilla: 11.791.
Y ya había sido muy elocuente el volumen desde el 1 de junio al 31 de diciembre de 2017: 36.046 procedimientos ingresados en los denominados Juzgados bis, distribuidos geográficamente en la siguiente forma: Almería, 2.620; Cádiz, 4.715; Córdoba, 3.026; Granada, 4.315; Huelva, 3.212; Jaén, 3.698; Málaga, 5.839; Sevilla, 8.621.
Parálisis legislativa
La memoria indica que al no haberse producido ningún cambio organizativo, situación idéntica comentada desde hace años, seguimos con la habitual dispersión organizativa y territorial, a diferencia de la concentración que impera en otros Estados europeos.
En este sentido, el presidente del TSJA señala que “el camino recorrido es decepcionantemente corto, como reiteramos año tras año, al tiempo que denunciamos que el actual sistema es insostenible y poco operativo, siendo frustrante que todavía no haya llegado un nuevo modelo que racionalice los instrumentos personales y materiales que sirven a la función jurisdiccional, ni tampoco las reformas que culminen con la modernización de la justicia y de las leyes procesales”.
Por ello, habla de “una parálisis legislativa relevante a la que se suma una ralentización en medidas de gestión y optimización de recursos personales”, por lo que “el escenario judicial en 2017 sigue siendo el mismo, o muy parecido, a lo ya conocido y descrito en Memorias anteriores”.
Es un contexto, indica, ”de cierta desesperanza por el olvido e inacción por parte de quiénes tienen la responsabilidad y la capacidad legal y económica de arbitrar las soluciones que permitan superar esa realidad”.
Así, pues, durante 2017 apenas se han producido cambios con relación a la situación que describe el compendio de memorias anuales elaboradas a partir del año 2010. Tan sólo se puede hablar de avances en el proceso de digitalización, mediante el asentamiento del sistema de presentación telemática de escritos y realización de los actos de comunicación, así como del expediente y la firma digital, donde todavía queda un importante trayecto por recorrer.
En el resto de los apartados, pocos cambios se han materializado. En el sistema organizativo de la Oficina Judicial sigue sin abordarse la necesaria reordenación de efectivos, algo a lo que parece resistirse la Administración autonómica competente, lastrando así cualquier posibilidad de eficiencia en la organización y funcionamiento de las oficinas judiciales, soporte del ejercicio de la función judicial y, con ello, toda perspectiva de mejora en la calidad del servicio que prestamos.
Tampoco las reformas procesales han supuesto el impulso de modernización que se pretendía, sin duda, cercenadas en su eficacia por una absoluta falta de reformas en el ámbito organizativo de la estructura judicial, cuya colegiación se intuye desde hace tiempo como única salida posible ante la situación en que nos hallamos.
“Un año más sufrimos la parálisis legislativa que está impidiendo hacer efectivas las reformas que nuestra Justicia necesita, de manera significativa en el ámbito organizativo, donde se precisan mecanismos de flexibilidad y mayor especialización, instaurados desde principios de concentración y colegiación, signos de modernidad presentes en, prácticamente, todos los ámbitos judiciales de Europa”, subraya el documento.
En este sentido, el Presidente del TSJA incide en que “es inmediato y urgente configurar un sistema judicial que, al margen de intereses particulares, posibilite sin ambages una Justicia eficaz”.
Para Lorenzo del Río, “la justicia lo merece y lo necesita. No es un problema de ideas. Todo está hablado y las necesidades son conocidas y están bien diagnosticadas. Sólo se requiere compromiso y voluntad de afrontar esas necesarias reformas. Sería una pena que transcurriera la tercera legislatura sin alcanzar el consenso político que se precisa para ello”.
Mayor número de jueces
Durante 2017 los órganos judiciales resolvieron 1.193.348 asuntos (un 7% menos en relación con el año anterior), quedando pendientes al final del año un total de 508.440 asuntos. Esto supone un incremento del 3% respecto a los que quedaron en trámite al final de 2016 (en la anualidad anterior hubo una disminución del 3%).
Por tanto, la tasa de resolución en el año 2017 ha sido del 0,99, algo inferior a la del pasado año, que fue del 1,03, si bien podemos afirmar, con carácter general, que los órganos judiciales del territorio siguen en un buen nivel de laboriosidad y se resuelven casi la totalidad de los asuntos ingresados, pese al déficit organizativo y de recursos personales.
Cada anualidad el problema sigue siendo la tasa de congestión, que indica la carga total de trabajo (asuntos registrados más pendientes), siempre superior a los asuntos que se resuelven. Ello no permite una valoración final satisfactoria, pues es patente la dificultad de rebajar el volumen de asuntos pendientes, así como mejorar los tiempos de respuesta de muchos órganos judiciales y demuestra que el sistema judicial español se encuentra claramente congestionado.
Por ello, si se quiere avanzar en la normalización de ciertos Juzgados o jurisdicciones, así como en la reducción de la bolsa de asuntos pendientes, será imprescindible la necesaria creación de plazas judiciales, todo ello sin olvidar la mejora de los planes de refuerzo, la mejor optimización de ciertos órganos, así como otras propuestas organizativas reiteradas año tras año para incrementar nuestros niveles de eficacia y que, por contra, quedan paralizadas o en el olvido.
Especial mención se hace en la memoria a la situación de la Sala Civil y Penal respecto a las Secciones y plazas creadas para hacer frente a los recursos de apelación. Sería "incomprensible", indica, una demora en su puesta en funcionamiento. En este sentido, se señala que "es necesario tomar ya una decisión, de forma que, en muy corto espacio de tiempo, sean efectivas esas nuevas Secciones y plazas de magistrados", porque sería "decepcionante, en otro caso, arbitrar comisiones de servicio para dicha Sala CyP, lo que supondría, además, una clara contradicción con el Real Decreto de creación de plazas para la segunda instancia penal".
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