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El alto tribunal explica que, ante la pérdida de la condición de aforados, ha dejado de ser competente para investigar y enjuiciar los hechos
La Sala Segunda, de lo Penal, del Tribunal Supremo, ha acordado el archivo de la denuncia presentada por el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena (Huesca) por supuestos delitos de apropiación indebida y de desobediencia contra los exconsellers de Economía y de Conocimiento y Cultura de la Generalitat de Cataluña, Santiago Vila y Lluís Puig, respectivamente.
En su resolución, los magistrados explican que la pérdida de la condición de aforados de ambos, tras la publicación en el BOE de la Orden por la que se publica el acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de octubre de 2017 en aplicación de lo dispuesto en el artículo 155 de la Constitución, la Sala deja de ser el órgano jurisdiccional competente para la instrucción y el enjuiciamiento de esta causa.
Por todo ello, acuerda el archivo de la denuncia sin perjuicio del derecho que asiste al denunciante a reproducir su petición ante el órgano correspondiente.