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La Sala de lo Penal mantiene que la madre asfixió a los dos niños con la almohada, con la “presencia inmediata, aquiescencia y apoyo del padre, en ejecución de un plan conjunto”
El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación presentado por los parricidas de Vistabella contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de 3 de marzo de 2014, que condenó a 40 años de prisión a cada uno por dos delitos de asesinato con alevosía con el agravante de parentesco.
La Sala de lo Penal considera que hay prueba suficiente de los hechos que el jurado ha valorado racionalmente. La sentencia valora el carácter probatorio de una carta rota encontrada en la casa, que los condenados reconocieron haberla escrito y firmado, que pone de manifiesto un plan preconcebido de suicidio conjunto ampliado a sus hijos.
La Sala de lo Penal mantiene que la madre asfixió a los niños con la almohada, con la presencia inmediata, aquiescencia y apoyo del padre, en ejecución de un plan conjunto, sin que éste hiciera nada para evitar las muertes "pudiendo hacerlo y estando obligado a ello".
Afirma que el padre era la única persona que al encontrarse en la vivienda podía responsabilizarse del cuidado de los menores ante una fuente de peligro que el mismo había contribuido a generar, como se deduce de la carta firmada por ambos acusados. Y añade que "la conducta omisiva puede equiparse al grado de autoría cuando, como sucede en el caso actual, pueda formularse un juicio de certeza sobre la eficacia que habría tenido la acción omitida para la producción del resultado".