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El alto tribunal confirma que cometió un homicidio doloso y reduce la pena al conductor al eliminar la agravante de reincidencia. Rechaza los recursos de la familia del fallecido y del otro conductor, confirmando que este es autor de un delito contra la seguridad vial
La Sala Segunda desestima íntegramente el recurso del acusado contra la sentencia del TSJ que confirmó a su vez la dictada por un tribunal del jurado de la Audiencia de Badajoz
La Sala interpreta que la expresión “causó dolosamente”, recogida en el artículo 92 de la Ley de Contrato de Seguro exige conciencia y voluntad de causar la muerte, y, por tanto, la imputabilidad de la acción, por lo que no incluye un supuesto como el examinado
El Tribunal Superior de Justicia le condenó a cinco años de inhabilitación por delito de prevaricación judicial, pero aplicando la existencia del error de prohibición por entender que el juez actuó como lo hizo porque entendía que existía una causa justificativa para hacerlo