Sentencia analizada  TS Social: Unificación de doctrina. Del artículo 215.2 LEC y del art. 267.5 LOPJ no se desprende la existencia de un requisito procesal previo a cumplir antes de la interposición del recurso de suplicación, como es la solicitud formal de complemento de la sentencia, a diferencia de la Jurisdicción civil, en la que existe un específico recurso de casación por infracción procesal con esa exigencia que se desprende del art. 469.2 LEC

Órgano judicial
Tribunal Supremo (España). Sala de lo Social
Orden jurisdiccional
Social
Número de recurso
2128/2015
Tipo de resolución
Sentencia
Ponente
Jesús Gullón Rodríguez
Identificador
28079140012017100126
Número de resolución
134
Año
2017

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