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TS Sala Especial: Desestima el conflicto positivo de jurisdicción planteado entre el Ministerio de Fomento y el Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid. Declara que corresponde al Juzgado de lo Mercantil la jurisdicción para seguir conociendo de la fase de liquidación de la mercantil CIRALSA, S.A., SOCIEDAD CONCESIONARIA DEL ESTADO, sin que sea procedente la inhibición instada por el Ministerio de Fomento.
Etiquetas:
sentencias de actualidad, jurisprudencia