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TS Penal: Confirma sentencia de la AP de las Palmas de Gran Canaria que condenó al propietario de un Pub por delito contra el medio ambiente del art. 325.1 CP. Emisión indebida de ruidos manifiestamente idónea para originar un riesgo grave para el bien jurídico protegido. Afectación de la intimidad de la vida personal y familiar de pluralidad de perjudicados y de su salud física y psíquica.
Etiquetas:
jurisprudencia, sentencias de actualidad
Inexistencia de pluralidad delictiva ni de delito continuado; la reiteración de emisiones constituye el fundamento de la apreciación de la gravedad del resultado de peligro que lo distingue de la mera infracción administrativa.