Sentencia analizada  TS Civil: Confirma sentencia de la Audiencia Provincial que estimó demanda reconvencional de resolución del contrato. El recurrente introdujo en el requerimiento notarial una mención al art. 1504 CC., y la pretendida vaguedad de la redacción solo puede perjudicar a quien lo redactó (vendedor) y no a quien lo recibió (comprador). Resolución instada extrajudicialmente por la vendedora, quien con un acto jurídicamente eficaz se vinculó al resolver el contrato de compraventa.

Órgano judicial
Tribunal Supremo (España). Sala de lo Civil
Orden jurisdiccional
Civil
Número de recurso
1376/2010
Tipo de resolución
Sentencia
Ponente
Francisco Javier Arroyo Fiestas
Identificador
28079110012013100004
Número de resolución
6
Año
2013

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