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Unos 150 miembros del Cuerpo Jurídico Militar participaron en las V Jornadas celebradas en Madrid. Los especialistas abordaron las relaciones entre el Código Penal Militar con el Código Militar común, recientemente reformado, el previsible nuevo régimen disciplinario, así como la jurisprudencia recaída entre el bienio 2009-2011, entre otros asuntos.
Un total de 150 miembros del Cuerpo Jurídico Militar participaron en las V Jornadas sobre Jurisdicción Militar organizadas por la Sala 5ª del Tribunal Supremo. La inauguración corrió a cargo del subsecretario de Defensa y presidió la clausura el presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial.
Las jornadas se celebraron entre el 22 y el 24 de noviembre en la sede del Consejo General del Poder Judicial y contó con la colaboración del servicio de Formación Continua del Consejo.
La primera ponencia la expuso el presidente de la Sala, Ángel Calderón Cerezo, sobre la jurisprudencia penal de la Sala de lo Militar recaída durante el bienio 2009-2011. También se trató de las relaciones entre el Código Penal Militar y el Código Penal Común, tras la reciente reforma de este último llevada a cabo por la Ley Orgánica 5/2010.
Se presentaron a esta ponencia las siguientes comunicaciones que, al igual que aquélla, fueron objeto de debate:
La segunda ponencia corrió a cargo de Javier Juliani Hernán, magistrado de la Sala de lo Militar del Supremo. Su intervención versó sobre la jurisprudencia Contencioso-Disciplinaria recaída entre los años 2009 y 2011. La exposición se refirió a la libertad de expresión de los militares; la infracción disciplinaria por consumo habitual de drogas; la resolución del compromiso con las Fuerzas Armadas (FAS) como consecuencia de la comisión de falta disciplinaria extraordinaria; la recusación de autoridad disciplinaria y de vocales no togados de los Tribunales militares y de la caducidad de los procedimientos disciplinarios.
La tercera ponencia fue expuesta por Fernando Pignatelli Meca, también magistrado de la Sala de lo Militar del Supremo. Se ocupó de los problemas puntuales de aplicación del Régimen Disciplinario de las FAS con especial referencia a la debida motivación de las decisiones sancionadoras y, de nuevo, sobre la resolución del compromiso temporal con las FAS.
En esta ponencia se presentaron comunicaciones referidas a:
La cuarta ponencia, sobre el previsible nuevo régimen Disciplinario de los miembros de las FAS, la desarrolló el Asesor Jurídico General de la Defensa, General Consejero Togado José Luis Poyato Ariza, sobre la base del Proyecto de Ley publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales (Congreso de lo Diputados) Núm. 129-1 de fecha 10 de junio de 2011, hoy caducado.
Se presentaron comunicaciones centradas en:
De la quinta ponencia fue responsable Francisco Menchén Herreros, magistrado de la Sala, que trató sobre la problemática puntual de aplicación del régimen Disciplinario en el ámbito de la guardia Civil, tras cuatro años de vigencia de la LO 12/2007.
La sexta ponencia, a cargo del magistrado de la Sala José Luis Calvo Cabello, estuvo dedicada a la exposición de aspectos concretos de la LO 9/2011, de 27 de julio, sobre derechos y deberes de los miembros de las FAS.
Contó con una comunicación bajo el título: