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Un total del 11 de por ciento de las víctimas de delitos de violencia sobre la mujer se acoge a esta dispensa del artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
La Comisión Provincial de Coordinación contra la Violencia de Género, presidida por el presidente de la Audiencia Provincial de Badajoz, Luis Romualdo Hernández Díaz-Ambrona, ha celebrado hoy una reunión ordinaria en la que se ha debatido la conveniencia o no de reformar el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Este precepto de la Ley dispensa de la obligación de declarar a “los parientes del procesado en líneas directa ascendente y descendente, su cónyuge o persona unida por relación de hecho análoga a la matrimonial, sus hermanos consanguíneos, o uterinos y los colaterales consanguíneos hasta el segundo grado civil”.
Esta dispensa, señala la Comisión Provincial contra la Violencia de Género, hace que un 11 por ciento de las víctimas de este delito se acoja a su derecho a no declarar contra el acusado.
Por ello, indican, hay que plantearse si convendría o no reformar dicho artículo.
La Comisión Provincial de Coordinación contra la Violencia de Género se constituyó el 1 de abril del año pasado y está formada, además de por la Audiencia de Badajoz, por otras instituciones que trabajan en la prevención de este tipo de delitos como Delegación de Gobierno, Ayuntamiento de Badajoz, Fiscalía Provincial de Badajoz, Guardia Civil, Policía Nacional y el Instituto de la Mujer de Extremadura entre otros.
La Comisión Provincial se constituyó por acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, el cual fue ratificado en Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
La Comisión mantiene reuniones periódicas en las que cada administración y organismo aporta su trabajo en prevención de delitos de violencia de género para que haya una mayor coordinación.