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Adoptadas mediante resolución de 30 de julio de 2015, fueron ratificadas por la Audiencia Provincial de Sevilla el 21 de marzo de 2017
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla ha dictado un auto en el que decreta el mantenimiento de las medidas cautelares adoptadas mediante resolución de 30 de julio de 2015 -ratificadas por la Audiencia Provincial de Sevilla el 21 de marzo de 2017- sobre más de 36.000 acciones del Real Betis.
En un auto fechado el día 1 de marzo, el magistrado mantiene así las medidas cautelares consistentes en la prohibición de disponer de 30.869 acciones del Real Betis originariamente suscritas por la entidad Familia Ruiz Ávalo S.A. (Farusa) y de otras 6.000 acciones del Real Betis originariamente suscritas por dos de los demandados, en concreto Manuel Morales Luna y José León.
El juez considera que, “frente a las alegaciones realizadas por los intervinientes que solicitan el levantamiento de las medidas cautelares, es dable apreciar la concurrencia de los presupuestos de las medidas cautelares” que se establecen, “como regla general”, en el artículo 728 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, como son “periculum in mora o peligro por la mora procesal, fumus bona iuris o apariencia de buen derecho, y caución”.