Sala de Prensa del Tribunal Supremo: Guía para periodistas en la causa especial 20.716/2009 (Escuchas)

Autor
Comunicación Poder Judicial

CAUSA ESPECIAL : 20176/2009  (ESCUCHAS)

GUÍA PARA INFORMADORES

Ante el comienzo, el 17 de enero de 2012, de la vista oral en el denominado caso de las escuchas a abogados defensores de implicados en la trama Gürtel, en el que está encausado Baltasar Garzón, la Oficina de Comunicación del Tribunal Supremo informa de los siguientes extremos:

  • A la vista de las numerosas solicitudes de acreditación recibidas en esta Oficina de Comunicación y ante la previsible afluencia de público, se comunica que, para evitar aglomeraciones y disponer de margen suficiente para pasar los controles de identificación y  seguridad, las acreditaciones de prensa se recogerán en la Oficina de Comunicación del Tribunal Supremo (calle Marqués de la Ensenada, s/n) entre las 9 y 9,30 de la mañana del día 17 (y días sucesivos mientras dure el juicio) no pudiendo garantizarse la retirada de las acreditaciones fuera de este horario.
  • La vista oral comenzará a las 10,30 horas en el Salón de Plenos del Tribunal Supremo, donde habrá un espacio reservado para los periodistas que prefieran presenciar allí el desarrollo del juicio, hasta un máximo de cuarenta plazas (que serán asignadas por riguroso orden de acceso al Tribunal Supremo). En el Salón de Plenos no es posible la grabación ni de audio ni de vídeo de la vista oral.
  • Existe, no obstante, un espacio más cómodo para seguir el desarrollo del juicio y, a la vez, trabajar. Se trata, como en anteriores ocasiones del Salón de Actos, totalmente reformado, y en el que habrá imagen y sonido del juicio, así como distribuidores para la captación del audio procedente del Salón de Plenos. En este espacio y en el aledaño, hay disponible cobertura WIFI.
  • La señal de imagen del juicio es institucional, y será realizada por los propios servicios de comunicación del Tribunal Supremo. Dicha señal será distribuida en sistema de “pool” por TVE a través de satélite desde Torrespaña. Todas las televisiones interesadas en tener imágenes del desarrollo del juicio deberán ponerse en contacto con TVE al objeto de recibir la señal.
  • El primer día de la vista oral, es decir el día 17, podrán obtenerse imágenes antes del comienzo de la primera sesión, una vez ya en la Sala todas las partes del proceso. Este “mudo” se llevará a efecto en dos tandas, una para fotógrafos y otra para televisiones, sin que sea posible realizar ningún “mudo” más a lo largo del resto de sesiones de la vista oral.

 

FICHA DEL JUICIO

 

SALA DE LO PENAL

Causa Especial: 20.716/2009

Juicio Oral: 17 de enero de 2012

        Composición de la Sala:

      Joaquín Giménez García (Presidente)

      Andrés Martínez Arrieta

      Miguel Colmenero Menéndez de Luarca (Ponente)

      Francisco Monterde Ferrer

      Juan Ramón Berdugo Gómez

      Luciano Varela Castro

      Manuel Marchena Gómez

 

Imputado: Baltasar Garzón Real

Escrito del Ministerio Fiscal: Absolutorio, es decir el Ministerio Fiscal no acusa.

Escrito de las Acusaciones Particulares

De Pablo Crespo Sabaris.

Acusa al imputado como autor de un delito de prevaricación del art. 446.3º del Código Penal con carácter continuado y de un delito de uso de artificios de escucha y grabación con violación de las garantías constitucionales y legales, tipificado en el art. 536 del Código Penal, también de carácter continuado.

 Considera que los dos delitos están en relación de concurso de normas o de leyes por lo que hay que aplicar solamente la pena del delito más grave que es el delito de prevaricación, y solicita la pena de multa de 18 meses con cuota diaria de 6 euros e inhabilitación especial para empleo o cargo público de 15 años.

 De Francisco Correa Sánchez.

Acusa al imputado de los mismos delitos que la primera Acusación pero solicita pena independiente para cada uno de ellos.

 Por el primer delito solicita la pena de multa de 18 meses con cuota diaria de 6 euros e inhabilitación especial para empleo o cargo público de 15 años.

 Por el segundo delito solicita la inhabilitación especial por tiempo de 2 años.

 A los efectos de cumplimiento efectivo de la pena solicita la aplicación de las reglas del concurso  del art. 77 Código Penal.

De Ignacio Peláez.

 Acusa al imputado de los mismos delitos de la primera acusación y solicita como pena la multa de 12 meses con cuota de 6 euros e inhabilitación especial por un periodo de 10 años.

Escrito de calificación del imputado

De carácter absolutorio por no existir ningún delito.

 

Las pruebas propuestas están constituidas por interrogatorio del imputado, testificales y documentales.

Madrid, 16 de enero de 2012