La Audiencia de Navarra condena a 21 años de prisión al autor del asesinato de una joven en octubre de 2024 en Pamplona
En una vista celebrada hoy, el acusado ha aceptado las penas propuestas por las acusaciones, lo que ha evitado la celebración del juicio con jurado popular señalado en noviembre. El procesado, natural de Marruecos y en situación irregular en España, permanecerá 15 años en la cárcel y el resto de la pena se sustituirá por su expulsión del territorio nacional con la prohibición de regresar en 10 años
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- Comunicación Poder Judicial
La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha condenado a un total de 21 años de prisión —20 años por un delito de asesinato y 6 meses por cada uno de los dos delitos de amenazas condicionales— al hombre que el 9 de octubre de 2024 acuchilló en 23 ocasiones a una joven en una bajera, en la que convivían varias personas alquiladas, ubicada en el barrio pamplonés de la Rochapea.
En la vista oral celebrada hoy, el procesado, natural de Marruecos y en situación irregular en España, ha aceptado las penas y hechos propuestos por la fiscal y las dos acusaciones particulares, lo que ha evitado la celebración del juicio con jurado popular señalado en noviembre. Con anterioridad, en sus conclusiones provisionales, la fiscalía solicitaba 31 años de prisión.
En virtud del acuerdo alcanzado entre las acusaciones y la defensa, en la determinación de las penas se han tenido en cuenta las agravantes de alevosía y ensañamiento y la atenuante de alteración psíquica.
En relación a la ejecución de la pena de prisión, las partes han acordado que se proceda al cumplimiento efectivo de 15 años. El resto de la condena será sustituida por la expulsión del territorio nacional y la prohibición de regresar a España durante el plazo de 10 años.
En concepto de responsabilidad civil, el condenado deberá indemnizar con 120.000 euros tanto al padre como a la madre de la fallecida, así como con 30.000 euros a cada uno de los dos hermanos menores que tenía.
El fallo es firme tras haber expresado las partes su voluntad de no recurrir la sentencia dictada en el acto.