La Audiencia de Alicante impone seis años de internamiento en un psiquiátrico penitenciario a una mujer que mató a su madre en Alcoi
La resolución justifica esta decisión debido a "la demostrada peligrosidad de la acusada como a la necesidad de que la misma reciba adecuado tratamiento psiquiátrico"
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- Comunicación Poder Judicial
El Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Alicante ha dictado una sentencia por conformidad de las partes en la que impone una medida de seguridad de un máximo de seis años de internamiento en un psiquiátrico penitenciario a una mujer por un delito de homicidio para el que aprecia la agravante de parentesco y eximente incompleta de alteración psíquica por matar a su madre en la vivienda que compartían en Alcoi.
La sentencia la condena inicialmente a una pena de prisión de seis años y establece una medida de seguridad de internamiento en un Hospital Psiquiátrico Penitenciario por un tiempo que no exceda los seis años.
El fallo puntualiza que la condenada deberá cumplir en primer lugar la medida de seguridad de internamiento en el psiquiátrico frente al ingreso en prisión y que, para el cumplimiento de la pena de prisión se abonará el tiempo de cumplimiento de la medida de seguridad, conforme a lo que establece el artículo 99 del Código Penal.
La resolución justifica esta decisión debido a "la demostrada peligrosidad de la acusada como a la necesidad de que la misma reciba adecuado tratamiento psiquiátrico". La condenada también cumplirá cuatro años de libertad vigilada, a una vez cumplida la medida de internamiento.
Los hechos ocurrieron el 20 de septiembre de 2022, sobre las siete de la mañana, cuando la condenada y su madre, de 65 años, iniciaron una discusión en la cocina de la vivienda durante la que la hija cogió una sartén del tipo parrilla con la que golpeó varias veces y de forma violenta a la víctima en la cabeza y en la cara, hasta que ésta quedó inconsciente. A continuación, le puso las manos alrededor del cuello y la estranguló hasta que pensó que su madre había muerto.
Poco después, cuando la condenada se dio cuenta que su progenitora no había fallecido y que estaba intentando salir de la casa, la abordó en el recibidor, le rodeó el cuello con un cinturón y apretó de forma violenta mientras que la arrastraba de nuevo hacia el interior de la vivienda, donde la apuñaló varias veces en el tórax. La víctima murió a consecuencia de las heridas que le causó este último ataque en el tórax, que le afectaron órganos vitales.
La sentencia considera probado que, en el momento de los hechos, la condenada estaba diagnosticada de una enfermedad mental grave y crónica que afectó a su voluntad y a su conocimiento sobre los hechos. La sentencia es firme y no se puede recurrir.