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El tribunal ha aplicado las atenuantes de dilaciones extraordinarias, confesión y reparación del daño, ya que el imputado está abonando las indemnizaciones
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a dos años de prisión por cometer un delito de homicidio por imprudencia en concurso con otro de lesiones dolosas al vecino de la parroquia de Guillán, en Vilagarcía, que mató a su hermano de un disparo de escopeta en septiembre de 2012. El tribunal ha aplicado las atenuantes de dilaciones extraordinarias, confesión y reparación del daño, ya que el imputado está abonando las indemnizaciones.
La sentencia ha sido dictada tras el acuerdo alcanzado entre las acusaciones y la defensa el pasado mes de septiembre, lo que evitó la repetición del juicio con jurado. El acusado también se mostró conforme con abonar una indemnización de 180.000 euros a la viuda de la víctima y de 18.000 a cada una de sus dos hijas.
La Audiencia indica en el fallo que la relación entre el acusado y la víctima era “mala desde hacía tiempo” y que el día de los hechos estaban discutiendo. Durante la disputa, el condenado, “sintiéndose atacado por la víctima y en la creencia de que obraba en defensa de su propia integridad”, le disparó. Los magistrados subrayan que carecía de intención “de causarle la muerte, aun sabiendo que podría herirlo”. El tiro alcanzó a su hermano en la pierna izquierda y provocó su fallecimiento.
El acusado fue juzgado en 2014, pero el Tribunal Supremo ordenó la repetición de la vista oral al apreciar contradicciones en el veredicto del jurado popular. En aquella ocasión también fue declarado culpable de un delito de homicidio por imprudencia.