Un juzgado de Logroño reconoce el derecho a un permiso retribuido a un trabajador para cuidar a un hijo confinado

El juez señala que el cuidado de los hijos es un “deber inexcusable”, tal y como recoge el Código Civil

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Comunicación Poder Judicial

El Juzgado Contencioso Administrativo nº 1 de Logroño ha reconocido en una sentencia del pasado 17 de diciembre el derecho de un progenitor a disfrutar de un permiso retribuido por el cuidado de un hijo menor de edad confinado por contacto estrecho con un positivo de Covid-19.  El padre debía atender durante cinco días a su hijo menor de 14 años que debía permanecer confinado en su domicilio sin poder acudir a su centro educativo.

El juzgado estima así la demanda presentada por el sindicato de funcionarios CSIF en representación del progenitor, que trabaja como funcionario interino de la Administración de Justicia de La Rioja.

La administración de Justicia de La Rioja le denegó el permiso retribuido al entender que el trabajador tenía pendientes de disfrutar días de vacaciones, por lo que decidió descontar de dichas vacaciones los cinco días que dedicó el trabajador a cuidar de su hijo. 

Ahora, el juez considera que la atención a un menor obligado a confinarse por posible contagio de Covid "no es encuadrable" dentro de los días por asuntos propios, y además ello supondría una discriminación de este trabajador frente a otros que sí hubieran agotado sus vacaciones o días libres. Asimismo, señala que el cuidado de los hijos es un “deber inexcusable”, tal y como recoge el Código Civil.